SignSolú o Trato: si tu problema es cerrar firmas o administrar contratos vivos
La respuesta corta
Trato gana cuando tu problema son los contratos que ya están firmados: redactarlos con plantillas aprobadas, rutearlos a quien autoriza, guardarlos en un repositorio y que alguien te avise antes de que venzan. SignSolú gana cuando tu problema es que el documento no se firma: mandarlo por WhatsApp desde tu propio número, que la contraparte firme sin abrir cuenta y que quede un acuse comprobable por cualquiera. Son dos problemas distintos, y comprar la suite cuando lo tuyo es lo segundo se paga en adopción, no en dinero.
SignSolú es nuestra, así que primero el método. Todo lo que aquí se afirma de TRATO sale de su propio sitio, consultado el 12 de septiembre de 2026: su página principal y su página de firma electrónica. Donde su sitio no dice algo, aquí dice que no lo dice, que es distinto de decir que no lo hace.
No están resolviendo el mismo problema
Su sitio se describe como una plataforma de administración de contratos con inteligencia artificial, para crear, aprobar, firmar y administrar contratos. Y lo que enumera debajo es coherente con eso: plantillas para redactar, flujos de aprobación que rutean el contrato a quien tiene que autorizarlo, un tablero con los vencimientos próximos, alertas de renovaciones y obligaciones, notificaciones, integraciones estándar y, en su plan superior, inteligencia artificial generativa para contratos.
Eso es un CLM, la categoría que administra el ciclo de vida del contrato. La firma es una etapa adentro. Nosotros hacemos esa etapa y nada más: mandar el documento, que lo firmen y que quede la evidencia. Si tu dolor real es que en diciembre se renovó solo un contrato que nadie quería renovar, la respuesta no la tenemos nosotros.
Los cuatro niveles de firma que su sitio publica
Su página de firma electrónica describe cuatro niveles de blindaje, y la escala está bien pensada: el primero es una firma digital gráfica para documentos internos; el segundo, contratos ejecutables con validez jurídica ante autoridades; el tercero suma la manifestación electrónica de la voluntad con consentimiento por video y biometría facial; el cuarto, validación de identidad contra INE y RENAPO. Publica además registro en blockchain, sello de tiempo, evidencias circunstanciales digitales y un repositorio centralizado para consultar y auditar lo firmado.
Lo que esa escala hace bien
Poner el nivel en función del riesgo del documento es la decisión correcta y casi nadie la ofrece explícita. Una carta de enterado interna y un pagaré no piden lo mismo, y pagar biometría en los dos es tirar dinero. Si tu riesgo principal es la suplantación —crédito, pensiones, cobranza—, la verificación contra INE y RENAPO y el consentimiento grabado son capas que nosotros no anunciamos, y ésa es razón suficiente para irte con ellos.
Un detalle legal que conviene tener claro
Su página funda la validez en los artículos 89 y 97 del Código de Comercio, en la NOM-151-SCFI-2016, en la Ley Modelo de la CNUDMI y también en la Ley de Firma Electrónica Avanzada. Los primeros son los que aplican a un contrato entre particulares; la Ley de Firma Electrónica Avanzada regula los actos ante dependencias del gobierno federal, y su propio artículo 4 manda los actos de comercio al Código de Comercio. No es un error de ellos citarla —existe y dice lo que dice—, pero si un abogado te pregunta con qué norma respondes por un contrato privado, la respuesta es el 89 y el 97, y está desarrollada en firma simple o avanzada.
Sobre la NOM-151 conviene la misma precisión: nosotros no emitimos constancias de conservación y no somos prestador acreditado. Su sitio nombra la norma; cuál acreditado la emite no lo dice, y eso no se comprueba desde fuera.
Lo que su sitio no publica, y por eso hay que preguntarlo
- Si el firmante necesita cuenta. Sus páginas no lo dicen. Es la primera pregunta que decide cuántos de tus contratos se cierran el mismo día, porque la contraparte que tiene que registrarse para firmar es la que se tarda una semana.
- Por qué canal llega el documento. No mencionan correo, mensaje de texto ni WhatsApp. Nosotros mandamos desde tu propio número de WhatsApp, que es donde tu cliente ya te contesta: por qué eso cambia el cierre.
- Si se puede firmar con la e.firma del SAT. Su página no la nombra. Si tu contraparte te la exige, pregúntalo antes; nosotros tampoco firmamos con e.firma, y por qué eso rara vez es el problema.
La comparación, con lo que publica cada sitio
| Qué preguntas | SignSolú | TRATO |
|---|---|---|
| ¿Qué problema resuelve? | Cerrar la firma de un documento | Su sitio publica el ciclo completo: redactar, aprobar, firmar y administrar |
| ¿Plantillas y flujos de aprobación internos? | No | Su sitio publica plantillas de redacción y ruteo a los responsables |
| ¿Alertas de vencimiento y renovación? | No | Su sitio publica tablero de vencimientos y alertas de renovaciones y obligaciones |
| ¿Niveles de firma según el riesgo? | Uno solo, con acuse | Su sitio publica cuatro niveles, del gráfico interno a INE y RENAPO |
| ¿Verificación de identidad? | No la anunciamos | Su sitio publica biometría facial, consentimiento por video, INE y RENAPO |
| ¿Envío por WhatsApp? | Sí, desde tu propio número | Su sitio no lo publica |
| ¿Cómo cobra? | Plan gratis de 10 documentos y plan mensual | Su sitio publica planes por nivel; no copiamos precios ajenos |
En qué casos TRATO es la mejor opción
- 1Tienes contratos vivos y nadie sabe cuándo vencen. Un repositorio con alertas resuelve un problema que una plataforma de firma no toca.
- 2Cada contrato pasa por tres áreas antes de salir. Los flujos de aprobación existen para eso, y el correo con el archivo adjunto es su peor sustituto.
- 3Tu riesgo es la suplantación de identidad. La validación contra INE y RENAPO y el consentimiento grabado son capas que nosotros no ofrecemos.
- 4Quieres que alguien redacte a partir de plantillas aprobadas por legal. Su sitio lo publica; nosotros damos plantillas públicas para documentos comunes, no un motor de redacción con control de versiones.
- 5Manejas volumen y necesitas integraciones y API avanzadas. Su sitio las publica en el plan superior.
En qué casos somos nosotros
- El contrato ya está escrito y lo que falta es la firma. Si el cuello de botella está después del documento y no antes, una suite te agrega trabajo.
- Tu contraparte no es corporativa. El dueño de la mudanza, el arrendatario, el proveedor de una camioneta: gente que firma desde el teléfono y no va a instalar nada. Los motivos por los que un documento no se firma están en cuando el cliente no firma.
- Quieres que un tercero pueda comprobar el documento sin cuenta, en la página de verificación.
- Vas a firmar diez documentos al mes. Adoptar un CLM para eso es el error caro, y no por el precio: por los meses que tarda en usarse bien.
Qué no resuelve ninguna de las dos
Ni la suite ni nosotros sustituimos un acto ante fedatario, inscribimos en un registro público ni conservamos por ti lo que el artículo 49 del Código de Comercio te obliga a guardar diez años. Y el acuse, venga de quien venga, lo emite la plataforma, que es un extraño al juicio: qué peso tiene eso está en qué pasa si impugnan tu firma electrónica y el catálogo completo por tipo de operación, en las mejores plataformas de firma electrónica en México.
De dónde salen las citas
- Código de Comercio, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
- Ley de Firma Electrónica Avanzada, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un CLM y lo necesito?
CLM es la administración del ciclo de vida del contrato: redactar con plantillas, rutear aprobaciones, firmar, guardar y avisar de vencimientos y obligaciones. Lo necesitas si tu problema está antes o después de la firma. Si tu problema es la firma misma —que el documento no llega, que la contraparte no lo abre, que no queda evidencia—, un CLM te da veinte funciones que no vas a usar.
¿Trato y SignSolú compiten?
Se cruzan en una etapa. Su sitio publica firma electrónica dentro de una plataforma de administración de contratos; nosotros hacemos sólo esa etapa. La pregunta útil no es cuál es mejor, sino cuántas de las cinco etapas del ciclo te duelen hoy. Si son tres, la suite; si es una, la herramienta de esa una.
¿Con cuál queda mejor evidencia de la firma?
Depende del nivel que contrates y no del nombre de la marca. Su sitio publica cuatro niveles, y los dos superiores suman biometría facial y validación contra INE y RENAPO, que nosotros no anunciamos. El nuestro entrega el acuse con la huella del archivo, comprobable por cualquiera sin cuenta. Lo que conviene es mandarte un documento de prueba con cada uno y leer el acuse que sale.
¿Necesito que la plataforma esté acreditada por la Secretaría de Economía?
Para un contrato privado, no. El artículo 89 del Código de Comercio somete la materia a neutralidad tecnológica y el 97 define la firma avanzada por resultados, no por proveedor; el segundo párrafo del 100 aclara además que esas facultades no conllevan fe pública por sí misma. Ni TRATO ni SignSolú son prestadores acreditados, y el directorio público de la Secretaría de Economía es donde se comprueba quién sí lo es.
¿Puedo empezar con firma y migrar después a un CLM?
Sí, y suele ser el orden barato: se resuelve primero el cuello de botella que hoy te cuesta días y se compra la suite cuando haya volumen que administrar. Lo que hay que cuidar al migrar es llevarte los archivos y sus acuses, porque la obligación de conservar es tuya y no del proveedor.