SignSolú o Mifiel: cuándo tu documento pide un prestador acreditado
La respuesta corta
Ninguna de las dos es prestador de servicios de certificación acreditado, y las dos lo publican. Mifiel integra lo que un acreditado emite: su sitio dice que obtiene las constancias NOM-151 de un prestador acreditado por la Secretaría de Economía, y su app firma con la e.firma del SAT. SignSolú no emite constancias y no firma con e.firma. Así que la pregunta no es cuál vale, es qué se va a discutir de tu documento: si es desde cuándo existe, necesitas la constancia de un acreditado; si es quién firmó, lo que decide es el acuse y cómo llegó la liga.
SignSolú es nuestra, así que el método va antes que la conclusión. Todo lo que aquí se afirma de Mifiel sale de su propio sitio, consultado el 11 de septiembre de 2026. Lo de los prestadores acreditados sale del directorio público de la Secretaría de Economía, consultado el mismo día. Donde su sitio no dice algo, aquí dice que no lo dice, y eso no significa que no lo haga.
Lo que las dos hacen igual, y no debería decidir nada
Las dos sirven para firmar un contrato privado mexicano. Mifiel lo escribe con todas sus letras en su página de prestadores de servicios de certificación: operar una plataforma de firma digital no requiere ser prestador acreditado. Coincidimos, y el fundamento es el artículo 89 del Código de Comercio, que define la firma electrónica por lo que hace, más el 97, que define la avanzada por resultados y no por proveedor. Lo que cambia entre las dos no es la validez: es el expediente que te queda.
La diferencia de fondo: quién emite la constancia
Mifiel no es prestador acreditado, y lo publica
Su propia página lo dice sin rodeos: Mifiel no es un prestador de servicios de certificación, soporta exclusivamente certificados del SAT y obtiene sus constancias NOM-151 de un prestador debidamente acreditado por Economía. Es la frase más útil de su sitio, porque ordena el mercado: el acreditado emite, la plataforma integra. La misma página recuerda quién acredita —la Secretaría de Economía y el Banco de México— y que el SAT está autorizado por Banxico para emitir certificados de persona física.
El directorio público de la Secretaría de Economía listaba doce prestadores acreditados el 11 de septiembre de 2026, y los doce traen el servicio de conservación de mensajes de datos. Ninguno se llama Mifiel, que es exactamente lo que Mifiel publica. Qué es uno de éstos y para qué sirve de verdad está en qué es un prestador de servicios de certificación.
Nosotros tampoco, y no emitimos constancias
Va con las mismas letras que lo de enfrente: SignSolú no es prestador acreditado y no emite constancias de conservación NOM-151. Si tu documento necesita una, quien la emite tiene que ser un acreditado del directorio, y ése es un motivo suficiente para no elegirnos. Qué te da la norma y qué no, con el texto de la norma en la mano, está en NOM-151: qué te da y qué no.
Fecha cierta: lo que su sitio publica
Su página de fecha cierta publica que, al firmar en Mifiel, todos los contratos la obtienen porque se sellan con una constancia conforme a la NOM-151, y que en una confirmación de criterio dirigida a Mifiel el SAT reconoció que las constancias garantizan ante cualquier tercero o autoridad que los documentos electrónicos se conservaron íntegros y sin cambios desde su generación. La misma página aclara dos cosas que conviene leer antes de contratar: la fecha cierta no se puede otorgar de forma retroactiva, y el documento tiene que ser electrónico de origen, así que escanear un contrato de papel no sirve para esto.
Firma avanzada y e.firma: aquí Mifiel hace algo que nosotros no
Su aplicación firma con la e.firma desde el celular
Su página de app móvil publica que la e.firma se guarda en el teléfono y nunca se comparte con servicios en la nube, y que se firma con huella digital en iOS y Android, o con reconocimiento facial sólo en iOS. Para un firmante que ya usa la e.firma a diario, eso le quita el paso de buscar los archivos y la contraseña. SignSolú no firma con e.firma, y decirlo es parte de la comparación.
Su firma simple pide foto del firmante y de su identificación
Su página de tipos de firma publica que, en la firma simple, toma una fotografía del firmante y de su identificación oficial vigente para robustecer la presunción de atribución; que el no repudio se confiere, en sus palabras, exclusivamente a la firma avanzada; y que recomienda firmar con e.firma los documentos que podrían ir a juicio. También sostiene que la firma simple necesita intercambio de claves y contraseñas secretas. Eso último no lo pide el Código de Comercio: la definición del 89 no exige intercambio previo de claves ni convenio escrito, y el punto está desarrollado en ¿DocuSign es válido en México?. Los dos niveles, sin marcas de por medio, están en firma simple o avanzada.
Lo que hacemos nosotros y su sitio no publica
En las nueve páginas de producto y de recursos que leímos hoy, el sitio de Mifiel no menciona el envío por WhatsApp. Sí publica API REST con iframe, cuenta multiusuario con roles, flujos de visto bueno, plantillas, fecha límite, geolocalización para financieras, inicio de sesión único y un verificador de XML. SignSolú manda el documento por WhatsApp desde tu propio número o por correo, que es la diferencia contra una liga que llega de un remitente desconocido; la validez de cerrar por ese canal está en firmar un contrato por WhatsApp.
Nuestro acuse sale en español con hora, IP, dispositivo y huella SHA-256, y cualquiera puede comprobarlo en la página de verificación sin abrir cuenta ni pedirnos permiso. Qué campos debe traer un acuse para sostener una atribución está en qué es un acuse de auditoría, y cómo se comprueba que el archivo no cambió, en cómo verificar un documento firmado.
La comparación, con lo que publica cada sitio
| Qué preguntas | SignSolú | Mifiel |
|---|---|---|
| ¿Es prestador acreditado? | No, y no emitimos constancias | Su sitio publica que no es PSC y que obtiene las constancias de un acreditado |
| ¿El documento sale con constancia NOM-151? | No la emitimos | Su sitio publica que al firmar ahí el contrato se sella con una constancia |
| ¿Firma con la e.firma del SAT? | No | Sí, y su app móvil la guarda en el teléfono del firmante |
| ¿Qué pide su firma simple al firmante? | Abrir la liga y firmar | Su sitio publica foto del firmante y de su identificación oficial vigente |
| ¿Por dónde llega el documento? | WhatsApp desde tu propio número, o correo | Su sitio no publica envío por WhatsApp en las páginas que leímos |
| ¿Verificación pública del documento? | Sí, sin cuenta | Su sitio publica un verificador de XML |
| ¿Cómo cobra? | Plan gratis de 10 documentos y plan mensual | Planes de suscripción; no copiamos precios ajenos porque cambian |
En qué casos Mifiel es la mejor opción
- 1Necesitas fecha cierta seguido. Su sitio publica la constancia NOM-151 en cada firma y nosotros no la emitimos. Si tus contratos sostienen deducciones, ahí está la diferencia.
- 2La ley o tu contraparte exigen firma avanzada con e.firma. No somos candidatos, y discutirlo te cuesta semanas.
- 3Emites pagarés que circulan. Su sitio publica pagarés endosables conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, aceptados por fiduciarios, representantes comunes y fondeadores. Qué alcanza y qué no un PDF firmado está en pagaré con firma electrónica.
- 4Tu política interna exige que el proveedor no pueda leer el contrato. Su página de funcionalidades publica cifrado punto a punto, y dice que incluso con una orden judicial Mifiel está técnicamente imposibilitado para revelar el contenido.
- 5Tu operación es financiera y te piden la geolocalización del firmante. Su sitio lo publica como funcionalidad para financieras.
Qué no resuelve ninguna de las dos
- Sustituir un acto ante fedatario. Cuando la ley manda el acto a instrumento público o pide ratificación de firmas, firmar en línea cumple la forma escrita y no sustituye ese acto; los casos concretos están en los documentos que no se pueden firmar electrónicamente.
- Conservar por ti lo que la ley te obliga a conservar. Los diez años del artículo 49 del Código de Comercio son obligación del comerciante, no del proveedor, y la cuenta completa está en cuánto cuesta firmar contratos en línea.
- Decidir quién puede obligar a una empresa. Si la liga le llegó a quien no tiene facultades, el documento no se sostiene; el instrumento que lo arregla es la carta poder.
- Arreglar el contenido. Un contrato mal redactado firmado en dos minutos sigue estando mal redactado.
Cómo decidir, en cuatro preguntas
- 1¿Una ley o tu contraparte exige firma electrónica avanzada para este acto? Si sí, necesitas e.firma y nosotros no somos opción.
- 2¿Lo que se va a discutir es desde cuándo existe el documento? Si sí, vas por una constancia de un acreditado, con quien sea.
- 3¿Lo que se va a discutir es quién firmó? Entonces decide el acuse, y eso se compara abriendo un documento de prueba, no leyendo folletos: el método está en las ocho preguntas que sí se pueden verificar.
- 4¿Tu contraparte firma desde el celular, en medio de una conversación? Ahí gana el canal, y es la razón por la que existimos. El catálogo por tipo de operación está en las mejores plataformas de firma electrónica en México.
De dónde salen las citas
- Código de Comercio, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
Preguntas frecuentes
¿Mifiel es un prestador de servicios de certificación acreditado?
Su propio sitio publica que no lo es. La página de prestadores de servicios de certificación de Mifiel dice que operar una plataforma de firma digital no requiere ser uno, que Mifiel no es un PSC, que soporta exclusivamente certificados del SAT y que obtiene sus constancias NOM-151 de un prestador debidamente acreditado por la Secretaría de Economía. Consultado el 11 de septiembre de 2026.
¿SignSolú emite constancias de conservación NOM-151?
No. SignSolú no es prestador de servicios de certificación acreditado y no emite constancias de conservación. Lo que entrega es el documento firmado y su acuse de auditoría, con hora, dirección IP, dispositivo y la huella del archivo, comprobable en la página pública de verificación. Si tu documento necesita una constancia, quien la emite tiene que ser un acreditado del directorio de la Secretaría de Economía.
¿Cuántos prestadores acreditados hay en México?
El directorio público de la Secretaría de Economía listaba doce el 11 de septiembre de 2026, y los doce incluyen el servicio de conservación de mensajes de datos, que es el que se usa para emitir constancias NOM-151. El directorio también indica, por prestador, qué servicios tiene acreditados y con qué fecha de publicación en el Diario Oficial, así que conviene leer la línea del servicio y no sólo el nombre.
¿Mifiel manda los documentos por WhatsApp?
En las nueve páginas de producto y de recursos de su sitio que leímos el 11 de septiembre de 2026 no se menciona el envío por WhatsApp. Eso no significa que no exista de alguna forma: significa que su sitio no lo publica ahí. Lo que sí publica son API REST, cuenta multiusuario, flujos de visto bueno, plantillas, fecha límite, geolocalización para financieras e inicio de sesión único.
¿Se pueden usar las dos al mismo tiempo?
Sí, y para algunas operaciones es lo razonable. Nada obliga a firmar todo en el mismo lugar: puedes mandar por una el volumen diario que se cierra en una conversación, y llevar por otra los pocos documentos que de verdad necesitan constancia de conservación o firma avanzada con e.firma. Lo que no conviene es partir el expediente sin saber dónde quedó cada archivo y su acuse.