Plantilla de contrato de renta de maquinaria y equipo con pagaré de garantía
Es el contrato que firma una rentadora en el mostrador o en la obra: qué piezas salen, cuánto valen si no regresan, cuántos días se rentan, cuánto cuesta el flete y qué pasa si el equipo vuelve tarde, incompleto o golpeado. Se llena una vez con los datos de tu empresa y después sólo cambian el cliente, las piezas y las fechas.
Trae escrita la regla que más dinero le ahorra a una rentadora: **la renta se sigue causando hasta el día en que el equipo regresa**, aunque el plazo ya haya vencido. Lo dice el artículo 2429 del Código Civil Federal, y el contrato lo repite para que nadie lo discuta en la devolución.
Y trae el pagaré de garantía como debe ir: en un anexo aparte, por el valor de reposición del equipo, **para imprimirse y firmarse en tinta**. El contrato se firma desde el celular; el pagaré, en papel. Te explicamos abajo por qué.
Qué trae la plantilla
- Declaraciones. Que el equipo es de la rentadora y está libre de gravámenes, y que el cliente lo revisó y lo operará con personal capacitado.
- Objeto. Cada pieza con cantidad, número de serie y valor de reposición.
- Entrega y estado. La fecha de entrega y el acta con la descripción de cada pieza, que es contra la que se revisa la devolución.
- Lugar y uso. La obra donde se usa; moverlo a otra obra, subarrendarlo o prestarlo requiere permiso.
- Plazo. Cuántos días, semanas o meses, y qué se paga si el equipo regresa antes.
- Renta. Monto, periodo y cuándo se paga; corre desde la entrega y hasta la devolución.
- Flete. Entrega y recolección con su precio, cobrados aparte de la renta.
- Operación y seguridad. Operadores capacitados, normas de seguridad a cargo de quien usa el equipo, aviso de fallas en 24 horas.
- Pérdida y daños. A cargo del cliente salvo que pruebe que no tuvo culpa, con el valor de reposición como referencia.
- Pagaré de garantía. Por el valor de reposición, en tinta; garantiza y no es pago, y se devuelve con la devolución completa.
- Devolución. Revisión pieza por pieza contra el acta de entrega, y qué pasa si el equipo no regresa.
- Notificaciones, firma electrónica y jurisdicción. Domicilios y correos, validez de la firma y tribunales de la ciudad donde se firma.
- Anexo A · Pagaré. El pagaré con los requisitos del artículo 170, listo para imprimir.
Y la forma, que es lo que distingue un contrato hecho de uno bajado de internet:
- Declaraciones de cada parte antes de las cláusulas, como se acostumbra en México: la rentadora declara que el equipo es suyo y no tiene gravámenes.
- Las piezas van en un solo campo, una por renglón, con su número de serie y su valor de reposición. Ese valor es el monto del pagaré y la referencia si una pieza no regresa.
- El pagaré va después de las firmas, en una hoja propia que se imprime sola. No lleva espacio de firma electrónica a propósito.
- Cabe en dos hojas más la del pagaré, y la firman dos partes.
Lo que capturas
| Campo | Ejemplo |
|---|---|
| Rentadora y cliente, con domicilio | Andamios y Plataformas del Bajío, S.A. de C.V. |
| Equipo: cantidad, pieza, serie y valor de reposición | 40 marcos de andamio de 1.50 m, 20 crucetas y 8 plataformas |
| Obra donde se usará | la obra de Calle Morelos 300, León, Gto. |
| Fecha de entrega y plazo | 6 de octubre de 2026, quince días naturales |
| Renta y cuándo se paga | $4,500.00 por semana, por adelantado |
| Flete | $1,200.00 por entrega y recolección |
| Valor de reposición y vencimiento del pagaré | $52,000.00, al 31 de diciembre de 2026 |
| Ciudad y fecha de firma | León, Guanajuato |
Qué dice la ley
La renta de una máquina es un arrendamiento de bienes muebles. El artículo 2398 del Código Civil Federal define el arrendamiento y el 2459 dice que al de muebles le aplican las reglas generales del mismo título que sean compatibles. De ahí sale casi todo lo que el contrato necesita, sin inventar nada.
Cuatro artículos hacen el trabajo pesado. El 2426: la renta se debe desde el día en que el cliente recibe el equipo. El 2429: se debe hasta el día en que lo entrega, aunque el plazo haya vencido. El 2468: la pérdida o el deterioro de la cosa alquilada se presumen a cargo del arrendatario, a menos que pruebe que ocurrieron sin culpa suya. Y el 2469: aun el caso fortuito es suyo si usó el equipo de un modo no conforme con el contrato.
La lista de piezas no es un trámite. El 2442 obliga a devolver la cosa tal como se recibió cuando se recibió con descripción expresa de sus partes; el 2443 presume que, sin esa descripción, se recibió en buen estado. Sin acta de entrega, el andamio que salió con una plataforma doblada salió «en buen estado».
Hay una regla que no se puede quitar aunque el cliente firme lo contrario: si por caso fortuito o fuerza mayor no puede usar el equipo, no se causa renta mientras dure el impedimento, o se reduce si es parcial (2431 y 2432), y el 2433 la vuelve irrenunciable. El contrato la escribe tal cual, porque una cláusula que la niegue no vale.
El pagaré se rige por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Su artículo 170 enumera lo que debe contener: la palabra pagaré, la promesa incondicional de pagar una suma determinada, a quién, cuándo y dónde, la fecha y el lugar en que se suscribe y la firma del suscriptor. El anexo trae los seis.
Esto no es asesoría legal. Las preguntas generales están en la guía legal.
Por qué el pagaré va en papel y el contrato en el celular
Un pagaré vale por lo que es: un título de crédito con acción ejecutiva, que se cobra sin discutir antes la firma. La reforma de 2024 a la ley de títulos permite emitirlos por medios electrónicos, pero con condiciones que un PDF firmado con una liga no cumple. Lo explicamos completo en pagaré con firma electrónica: qué se puede y qué no.
Por eso esta plantilla no te vende un pagaré digital. El contrato, el acta de entrega y la devolución se firman en línea, con su certificado de auditoría; el pagaré se imprime del anexo, lo firma el cliente en tinta y lo guardas en original. Son cinco minutos más en el mostrador y te dejan la vía que el pagaré existe para darte.
Cuánto pedir
El valor de reposición de lo que sale, no un múltiplo de la renta. Si una tijera de medio millón regresa sin batería o no regresa, el pagaré debe alcanzar para reponerla. Los montos que usan las rentadoras van de doce a cuarenta veces la renta, según la máquina; lo detallamos en el pagaré de garantía en la renta de equipo.
Con fecha de vencimiento
Un pagaré sin fecha es pagadero a la vista (artículo 171) y le corren plazos que casi nadie cuenta. La plantilla pide la fecha, y la acción cambiaria prescribe en tres años desde ese día (artículo 165).
Y se devuelve
El contrato dice que el pagaré garantiza, no paga, y que se regresa en cuanto el equipo vuelve completo y están pagadas las rentas y el flete. Es lo que hace que un cliente nuevo acepte firmarlo.
Las cláusulas que deciden el dinero
La renta y el flete van separados. Si el cliente pidió flete de ida y él mismo devuelve, no hay que recalcular la renta; si la renta cambia por prórroga, el flete no se mueve.
Si el equipo regresa antes, el 2463 decide: rentado por periodos, se pagan sólo los corridos; rentado por un solo precio, se paga íntegro. Cada rentadora escoge cómo rentar; lo que no puede es dejarlo sin escribir.
Y la NOM-009-STPS-2011 para trabajos en altura obliga al patrón de quien usa el andamio o la plataforma, no a quien la renta. El contrato lo dice así: la seguridad en la obra es del cliente, el equipo en buen estado es tuyo. Hay más detalle por tipo de equipo en el contrato de renta de andamios y el de plataforma de elevación.
El mismo contrato para cada cliente de la semana
Una rentadora no firma un contrato al mes: firma diez por semana, casi siempre con un cliente que está en la obra y no en la oficina. La plantilla guarda los datos de tu empresa, el cliente recibe la liga por WhatsApp o correo y firma desde el celular, y tú te quedas con el documento y su acuse: hora, dispositivo y huella del archivo.
Al salir y al regresar el equipo se firma el acta de entrega y devolución, con las piezas, el horómetro y lo que falte. Con esas dos firmas, si un día el equipo no vuelve, ya tienes en orden lo que hay que hacer cuando el cliente no devuelve el equipo.
Preguntas frecuentes
- ¿El pagaré firmado en línea me sirve para cobrar por la vía ejecutiva?
- No lo des por hecho. La ley permite títulos de crédito electrónicos desde 2024, pero con condiciones que un pagaré firmado con una liga no cumple: firmado así prueba la deuda, pero la vía ejecutiva sin discutir la firma no está asegurada. Por eso esta plantilla trae el pagaré en un anexo para imprimirse y firmarse en tinta. Esto no es asesoría legal.
- ¿Hasta cuándo me debe la renta si no devuelve el equipo a tiempo?
- Hasta el día en que lo devuelva. El artículo 2429 del Código Civil Federal obliga al arrendatario a pagar la renta que se venza hasta el día en que entregue la cosa, y el contrato lo repite en la cláusula de renta y en la de devolución.
- ¿De cuánto debe ser el pagaré de garantía?
- Del valor de reposición del equipo que sale, que es lo que pierdes si no regresa. La plantilla lo pide como un solo dato y lo usa en las dos partes: como monto del pagaré y como referencia si una pieza se pierde.
- ¿Quién paga si la máquina regresa dañada?
- El cliente, salvo que pruebe que el daño ocurrió sin culpa suya: el artículo 2468 presume la pérdida o el deterioro a su cargo. El desgaste por el uso normal no cuenta, y para saber qué es desgaste y qué es daño sirve el acta de entrega firmada con el estado de cada pieza.
- ¿Y si la máquina se descompone sin culpa del cliente?
- Mientras no la pueda usar por caso fortuito o fuerza mayor, no se causa renta, o se reduce si el impedimento es parcial. Esa regla de los artículos 2431 y 2432 no se puede renunciar (artículo 2433), así que el contrato la incluye en vez de pelearla.
- ¿El cliente puede firmar desde la obra?
- Sí. Le llega la liga al celular, firma con el dedo y recibe su copia con el acuse de auditoría. Lo único que se firma en papel es el pagaré del anexo.