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Contrato de renta de salón de eventos para firmar en línea

Basada en NOM-174-SCFI-2007 y Ley Federal de Protección al Consumidor · Revisada en octubre de 2026

El contrato del salón de fiestas, el jardín o la terraza con el cliente que contrata una boda, un bautizo o una graduación, con el contenido mínimo que la NOM-174-SCFI-2007 pide para los contratos de adhesión de eventos sociales: folio y fecha de registro ante la Procuraduría, lugar y fecha del evento con hora de término, aforo, qué incluye, cada concepto con su precio unitario, el total con impuestos, el anticipo con su fecha y el calendario de pagos.

Y la parte que decide los pleitos: el plazo para cancelar o mover la fecha sin pena, y una tabla de penas según la anticipación que alcanza a las dos partes. El numeral 5.1.14 de la norma pide las penas a las que «de manera equitativa» se hacen acreedoras las partes, así que la del salón que cancela es la misma que la del cliente.

Lo llenas, lo mandas por WhatsApp o correo y las dos partes firman desde el celular, muchas veces un año antes del evento. Qué poner en la tabla de cancelación está en rento mi salón, qué pongo en el contrato si el cliente cancela, y cuándo un contrato de adhesión necesita registro, en contrato de adhesión registrado en Profeco.

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Qué trae la plantilla

  1. Objeto. El uso del salón o área para un evento social determinado, con los servicios que se contratan.
  2. Datos del proveedor y del cliente. Razón social, domicilio, RFC, teléfono y correo del salón, y los datos del cliente.
  3. Registro ante la Procuraduría. El número y la fecha del registro del contrato de adhesión, y la cláusula de competencia en la vía administrativa.
  4. Lugar, fecha y horario. El salón o área, el día del evento y la hora de inicio y de término.
  5. Aforo. Los invitados contratados y el aforo máximo del lugar.
  6. Qué incluye. Mobiliario, mantelería, banquete, música, personal y horas de uso, uno por uno.
  7. Precios y total. Cada concepto con su precio unitario y el monto total con impuestos y todo cargo incluido.
  8. Anticipo y calendario de pagos. El monto y la fecha del anticipo, y el número, monto y fecha de cada pago siguiente.
  9. Forma, medio y lugar de pago. Cómo y dónde se paga cada abono.
  10. Cancelación sin pena. El plazo y la forma para cancelar o cambiar fecha u horario sin pena alguna.
  11. Penas por cancelación. La tabla según la anticipación, que se aplica igual al cliente y al salón.
  12. Depósito por daños. Su monto, de qué responde y el plazo de devolución después del evento.
  13. Horas adicionales. El precio de cada hora extra, escrito antes y autorizado en el momento por quien contrató.
  14. Proveedores externos. Qué proveedores se admiten, con qué horario de acceso y bajo qué reglas.
  15. Seguro. Si el salón cuenta con póliza y qué cubre, o la declaración de que no la tiene.
  16. Atención de quejas. El lugar, los días y el horario para presentar una queja.
  17. Firma electrónica y jurisdicción. Validez de la firma y la vía para resolver controversias.

Y la forma, que es lo que distingue un contrato hecho de uno bajado de internet:

  • La hora de término va junto a la de inicio, porque es el dato del que depende el cobro de la hora adicional y es el que más se omite.
  • Cada concepto lleva su precio unitario además del total, como pide la norma: «salón por 8 horas», «banquete por persona», «DJ», no una cifra global.
  • La tabla de cancelación trae dos columnas, la del cliente y la del salón, con el mismo porcentaje en cada tramo.
  • El número de registro ante la Procuraduría es un campo obligatorio: sin registro el contrato no produce efectos contra el cliente.
  • Sin intereses, recargos, pagaré ni cargo por cheque devuelto: este contrato documenta un servicio, no cobra una deuda.
  • Cada hoja numerada y con espacio de rúbrica al margen, y el formato a hoja carta.

Lo que capturas

CampoEjemplo
Salón, con domicilio, RFC, teléfono y correoJardín Los Fresnos, S.A. de C.V., Blvd. Campestre 1520, León, Gto.
Número y fecha de registro ante Profeco1234-2026 del 3 de marzo de 2026
Cliente, con domicilio y datos de contactoAndrea Paola Medina Rocha
Tipo de evento, fecha y horario con hora de términoBoda, 17 de abril de 2027, de 15:00 a 23:00 horas
Invitados y aforo máximo200 invitados; aforo máximo de 250 personas
Qué incluye y el precio unitario de cada conceptoSalón 8 h: $25,000; banquete $450 por persona (200); DJ $8,000
Monto total con IVA$142,680.00, IVA incluido
Anticipo y calendario de pagos$40,000 al firmar; $50,000 al 15 de enero; saldo al 2 de abril
Plazo para cancelar sin penaCinco días naturales después de la firma, si faltan más de 30 días
Penas por cancelación según la anticipación90 días o más: 10%; de 89 a 30: 30%; menos de 30: 50%
Depósito por daños y plazo de devolución$5,000, devueltos 5 días hábiles después del evento
Precio de la hora adicional$4,500 por hora, IVA incluido

Qué dice la ley

La NOM-174-SCFI-2007, «Prácticas comerciales-Elementos de información para la prestación de servicios en general», publicada en el Diario Oficial el 1 de noviembre de 2007 y en vigor desde el 31 de diciembre de ese año, obliga a registrar ante la Procuraduría los contratos de adhesión de eventos sociales y a que el contrato diga la fecha y el número de registro, en sus numerales 5.1 y 5.1.2.

Esa norma pide el contenido que esta plantilla trae: el lugar, la fecha y la hora de la prestación y de su conclusión, los conceptos con su precio unitario y el monto total, y el número y monto de los pagos parciales con el anticipo y su fecha, en los numerales 5.1.5 a 5.1.8. El total va con impuestos y todo cargo incluido porque el artículo 7 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor obliga a informar de forma notoria y visible el monto total a pagar, incluyendo impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo adicional.

La cancelación viene en dos numerales distintos. El 5.1.12 pide decir cómo y en qué plazo se cancela o se cambia la fecha u horario sin pena; el 5.1.14 pide las penas a las que «de manera equitativa» se hacen acreedoras las partes. De ahí sale que la pena del salón que cancela sea la misma que la del cliente.

El registro no es un trámite decorativo. El artículo 86 de la ley permite sujetar a registro previo los contratos de adhesión que impliquen prestaciones desproporcionadas u obligaciones inequitativas, y obliga a incluir la cláusula que reconoce a la Procuraduría como competente en la vía administrativa y a señalar el número de registro. Y el artículo 87 dice que los contratos que deban registrarse y no se registren, o cuyo registro sea negado, no producirán efectos contra el consumidor. El 86 QUATER agrega que cualquier diferencia entre el texto registrado y el usado en perjuicio del consumidor se tendrá por no puesta.

Los proveedores externos y las horas extra también están decididos por la ley. El artículo 86 BIS exige el consentimiento expreso del consumidor para prestar un servicio adicional no previsto en el contrato original, y la fracción II del 86 TER le da la prerrogativa de contratar los servicios adicionales con el proveedor que elija, prerrogativa que conserva aun cuando no esté en el clausulado. El 10 prohíbe prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados.

Y si el contrato se propuso o se celebró fuera del salón, aplican los artículos 51 y 56: el cliente tiene cinco días hábiles, contados desde la firma o la entrega —lo último que suceda—, para revocar su consentimiento sin responsabilidad, salvo que la fecha de la prestación del servicio esté a diez días hábiles o menos de la orden. Ese capítulo es el de ventas fuera del establecimiento, así que no aplica a todo contrato de salón.

Fuente: el texto de la NOM-174-SCFI-2007 publicado en el Diario Oficial, leído el 13 de octubre de 2026, con su ficha en la Secretaría de Economía consultada el mismo día, que la marca vigente y sin cancelación. La Ley Federal de Protección al Consumidor, en el PDF de la Cámara de Diputados con reformas hasta el Diario Oficial del 12 de diciembre de 2025, leída el 21 de octubre de 2026.

Esto no es asesoría legal. Las preguntas generales están en la guía legal.

Lo que un salón decide al redactar este contrato

Tres cosas, y ninguna es el precio. La primera es el plazo para cancelar sin pena: corto, pero escrito, porque la norma pide el dato y porque filtra a los clientes que todavía estaban comparando.

La segunda es la tabla de penas, con la columna del salón llena. La tercera es el depósito por daños, que necesita monto y plazo de devolución: un depósito que se queda «hasta que se revise» es un depósito que no se devuelve, y eso es lo que genera la queja.

Por qué la pena también te alcanza

Porque el numeral 5.1.14 pide que sea equitativa, y porque en la práctica un salón sí cancela: una inundación, una obra que no terminó, una fecha vendida dos veces. Tener escrito qué pasa entonces evita que la conversación empiece en cero el día que ocurre.

El registro, visto como decisión de negocio

El artículo 87 de la ley es el argumento: un contrato que debía registrarse y no se registró no produce efectos contra el consumidor, de modo que la tabla de cancelación no le es oponible. El mismo artículo da el plazo de la autoridad —treinta días hábiles— y dice que, transcurrido sin resolución, los modelos se entienden aprobados y la solicitud queda como prueba de inscripción.

El cambio de fecha no es una cancelación

Conviene que tenga su propio renglón, porque la respuesta depende de la disponibilidad y no del calendario de penas. Lo normal es trasladar lo pagado a la fecha nueva, con un cargo por reprogramación si el aviso llega tarde, y decirlo así.

Lo que este contrato no trae, y por qué

No trae intereses, recargos, pagaré ni cargo por cheque devuelto. El formulario del que se tomó la estructura los traía y se dejaron fuera a propósito: un salón documenta un servicio y su calendario de pagos; cobrar una deuda es otra figura, con otras reglas.

Tampoco afirma nada sobre reglamentos municipales de ruido, horarios, licencias o protección civil, porque cambian por municipio y no se leyeron. La cláusula de permisos remite a la autoridad del lugar.

Qué cubre el depósito y qué no

Responde de los daños al inmueble y al mobiliario, comprobados con un recorrido al cierre y fotos. No responde del desgaste normal ni de un consumo mayor al contratado, que es un cargo aparte. La diferencia entre un depósito y otras garantías está en depósito en garantía o fianza.

Los otros documentos del evento

El recibo de cada abono, con recibo de dinero, y el del anticipo, explicado en recibo de anticipo y apartado. Si la cuenta de pagos cambia a mitad del calendario, la carta de cambio de cuenta bancaria lo documenta con monto y confirmación por otro medio.

Con quién más firma un salón

Con sus proveedores, por el contrato de prestación de servicios o el de servicios de limpieza; con su personal, por el contrato individual de trabajo; y con quien le renta equipo, cuyo caso está en renta de mobiliario para eventos y planta de luz para un evento.

Cómo se firma, un año antes del evento

Capturas los datos una vez y la liga sale por WhatsApp desde el número del salón o por correo. Los novios firman desde su celular, cada uno desde el suyo si son dos firmantes, sin crear cuenta ni instalar nada. Si el cliente viene de fuera, al elegir su idioma recibe en inglés el correo, el mensaje y la página de firma.

Las dos partes se quedan con el PDF y su acuse de auditoría —hora, IP, dispositivo y huella SHA-256 del archivo—, que cualquiera comprueba en /verificar sin cuenta. Para un contrato que se va a ejecutar dentro de un año, eso contesta la pregunta de qué versión se firmó. El camino completo está en cómo funciona y las dudas de ley en el FAQ legal. Son diez documentos gratis sin tarjeta desde tu cuenta.

Preguntas frecuentes

¿El contrato de mi salón tiene que estar registrado en Profeco?
La NOM-174-SCFI-2007 sujeta a registro previo los contratos de adhesión de eventos sociales, en su numeral 5.1, y pide que el contrato señale el número y la fecha de ese registro. La consecuencia de no registrarlo está en el artículo 87 de la Ley Federal de Protección al Consumidor: los contratos que deban registrarse y no se registren no producen efectos contra el consumidor.
¿Puedo cobrarle una pena al cliente que cancela?
Sí, si está escrita y es equitativa. El numeral 5.1.14 de la norma pide las penas a las que de manera equitativa se hacen acreedoras las partes, de modo que la pena del cliente que cancela con sesenta días debe ser la misma que la del salón que cancela con sesenta días. Y el numeral 5.1.12 pide además decir cómo y en qué plazo se puede cancelar sin pena alguna.
¿Puedo obligar al cliente a usar mi banquetero y mi fotógrafo?
No. La fracción II del artículo 86 TER le da al consumidor la prerrogativa de contratar los servicios adicionales, especiales o conexos con el proveedor que elija, y el último párrafo de ese artículo dice que la conserva aun cuando no esté incluida en el clausulado. Lo que sí puedes fijar por escrito son las reglas de acceso, horario y responsabilidad de los proveedores externos.
¿Cómo cobro una hora adicional del evento?
Con el precio por hora escrito en el contrato desde el principio y con la autorización de quien contrató en el momento. El artículo 86 BIS exige el consentimiento expreso del consumidor para un servicio adicional no previsto en el contrato original, y el artículo 10 prohíbe prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados.
¿El cliente tiene cinco días para arrepentirse?
Sólo si el contrato se propuso o se celebró fuera del establecimiento, por los artículos 51 y 56 de la ley, y ni siquiera entonces si la fecha del evento está a diez días hábiles o menos de la orden. Fuera de ese supuesto, el plazo para cancelar sin pena es el que tu propio contrato fije, como pide el numeral 5.1.12 de la norma.
¿Puedo pedir un pagaré por el saldo del evento?
Esta plantilla no lo trae, y la razón es que mezcla una garantía de crédito con un contrato de servicio: abre la discusión de intereses y vía de cobro en un documento que sólo tenía que describir un evento y sus pagos. Lo que resuelve el saldo es el calendario de pagos con fechas y montos, y la tabla de cancelación. Esto no es asesoría legal: para tu caso consulta a tu abogado.

Para leer antes de firmar

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