SignSolú o EasyLex: una cubre más trámites, la otra va más a fondo en un documento
La respuesta corta
EasyLex no es sólo una plataforma de firma: su sitio publica un catálogo de más de 35 contratos redactados por abogados, firma con e.firma o digital, envío por WhatsApp, y además registro y renovación de marca ante el IMPI y constitución de empresas. SignSolú hace una sola cosa y la hace por estado: plantillas de contrato con el artículo del código local citado —las 32 entidades tienen la suya para arrendamiento— y firma con acuse de auditoría por WhatsApp o correo. Si necesitas el back office legal completo, la primera abarca más. Si lo que firmas es un documento que cambia de un estado a otro, la segunda baja más.
La comparación que casi se escribe sola —cuál firma mejor— es la que menos ayuda aquí, porque EasyLex no se vende como plataforma de firma. Su sitio, leído hoy, ofrece contratos, firma, verificación de identidad, registro de marca ante el IMPI y constitución de empresas. Eso cambia la pregunta: no es qué plataforma firma mejor, es qué tanto necesitas resolver en un solo proveedor, y hasta dónde necesitas que baje el documento que vas a firmar.
Qué publica EasyLex, en sus palabras
Su página de contratos dice «+35 Contratos disponibles» y «+20,000 contratos han sido creados en EasyLex», y que los documentos «fueron redactados por abogados expertos en cada materia y bajo las leyes mexicanas aplicables». El catálogo que enumera cubre aviso de privacidad, contrato de inversión, carta poder, arrendamiento, compraventa, contrato individual de trabajo, pagaré, confidencialidad y términos y condiciones, repartido en categorías comerciales, corporativas, inmobiliarias y de protección de datos. Del documento se puede «Descarga o firma en línea», y la firma es «en línea con e.firma o digital».
En firma publica «Firma desde WhatsApp» y «Reduce hasta un 95% el tiempo de firma con WhatsApp Sign» —el porcentaje es suyo, no una medición nuestra—, más verificación biométrica, de identificaciones y de consentimiento por voz. Y fuera de la firma están las cuatro cosas que ninguna plataforma de firma hace: registro de marca, renovación de marca, declaración de uso de marca y acta constitutiva.
Lo que su sitio no dice, anotado sin acusar
Dos ausencias que conviene preguntar antes de contratar, porque de las dos depende qué puedes argumentar en un juicio.
- Quién emite la constancia NOM-151. Su sitio nombra la NOM-151 entre las características y la describe como un «mensaje de datos cifrado que garantiza el contenido exacto al momento de firmar», pero no publica el nombre del prestador acreditado que la emite. La constancia sólo la puede emitir un PSC autorizado, y el directorio lo publica la Secretaría de Economía. Es una pregunta de una línea al vendedor, y la respuesta cambia qué vale ese sello.
- Qué artículos sostienen la validez. Su contenido público habla de «leyes mexicanas aplicables» y de «la normativa aplicable», sin número de artículo. Los que deciden son el 89 y el 97 del Código de Comercio, y ese segundo es el que define cuándo una firma electrónica se considera fiable. Está desarmado en firma simple o avanzada.
De nuestro lado, lo que no hacemos
SignSolú no es prestador de servicios de certificación acreditado y no emite constancias NOM-151. Lo repetimos en cada comparativa porque es la línea donde más se exagera en esta categoría. Lo que entregamos es un acuse de auditoría con quién firmó, cuándo, desde dónde y con qué huella del documento, verificable en público sin cuenta en /verificar. Qué te da y qué no te da cada camino está en prestador acreditado o firma simple con acuse. Tampoco registramos marcas ni constituimos empresas: para eso, EasyLex cubre lo que nosotros no.
La diferencia que sí decide: el catálogo se mide distinto
Un catálogo de contratos puede crecer de dos maneras. A lo ancho, sumando tipos de documento —arrendamiento, compraventa, pagaré, laboral—. O a lo hondo, sumando versiones del mismo documento para cada jurisdicción. Las dos son válidas y resuelven problemas distintos, y ningún proveedor hace las dos a la vez: son dos trabajos editoriales que no se parecen.
El arrendamiento es el caso donde eso se nota. Es materia local, y los códigos no dicen lo mismo: en Jalisco el plazo mínimo obliga sólo al arrendador, en Nuevo León el depósito tope de un mes alcanza también al local y en la Ciudad de México el capítulo entero es irrenunciable. Un contrato genérico bien redactado no es malo; simplemente no dice el artículo que a ti te aplica. Las 32 entidades tienen su plantilla propia en el banco de plantillas, cada una con las diferencias de su código citadas con número.
Un límite que no es de plataforma y que ningún catálogo puede saltar
En el catálogo que EasyLex enumera aparece el pagaré, y conviene decir lo que vale para cualquier proveedor, el nuestro incluido: un pagaré no se resuelve eligiendo mejor plataforma. Desde la reforma del 26 de marzo de 2024, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito admite emitir títulos de crédito por medios electrónicos, pero con condiciones que un PDF firmado con una liga no cumple —el título tiene que vivir en un sistema donde su circulación sea trazable y el juez pueda consultar ahí su existencia—. Firmado como archivo suelto, el pagaré sigue probando la deuda, que no es poco, pero no te da la vía ejecutiva sin discutir antes la firma. El desarme completo está en pagaré con firma electrónica: qué se puede y qué no.
Lo mismo pasa con los actos que piden fedatario. Ningún catálogo, por grande que sea, convierte en firmable en línea un acto que la ley manda a escritura pública; cuándo toca cada camino está en firma electrónica o fedatario público. Es la pregunta que conviene hacerle a cualquier vendedor que ofrezca «todos tus contratos en un solo lugar».
Identidad y firma son dos problemas, y sólo uno lo resuelve una liga
EasyLex publica verificación biométrica, verificación de identificaciones y consentimiento por voz. Eso no es firma: es la pregunta anterior, la de si quien firmó es quien dice ser. Hay operaciones donde esa pregunta es la cara —crédito al consumo, apertura de cuenta, contratos con desconocidos— y otras donde el firmante es un cliente conocido y la evidencia del acuse alcanza. Conviene decidirlo antes de comparar precios, porque la verificación de identidad se cobra aparte en todo el mercado. El caso en que la identidad es de verdad el problema está desarmado en cuando la identidad es el problema.
Qué preguntar antes de decidir
| Qué preguntas | SignSolú | EasyLex |
|---|---|---|
| ¿Es prestador acreditado? | No, y no emitimos constancias | Su sitio no publica serlo ni nombra al que emite |
| ¿El catálogo tiene versión por estado? | Sí, las 32 entidades en arrendamiento | Su sitio publica el catálogo por tipo de documento, no por entidad |
| ¿Cuántos tipos de contrato? | Menos, y con el artículo local citado | +35 contratos, redactados por abogados según su sitio |
| ¿Firma con la e.firma del SAT? | No | Sí, «firma en línea con e.firma o digital» |
| ¿Se manda por WhatsApp? | Sí, desde tu propio número | Sí, lo publica como WhatsApp Sign |
| ¿Verificación pública del documento? | Sí, sin cuenta, en /verificar | Su sitio publica verificación de identidad, no de documento |
| ¿Registro de marca o acta constitutiva? | No | Sí, las dos, y también renovación y declaración de uso |
| ¿Cómo cobra? | Plan gratuito de 10 documentos y plan mensual con 500 | Suscripción mensual o anual, sin plazo forzoso según su sitio |
Para qué operación gana cada una
- Una empresa que se está constituyendo y necesita acta constitutiva, marca registrada, aviso de privacidad y sus primeros contratos: ahí el alcance de EasyLex resuelve varios trámites con un proveedor, y eso vale.
- Una operación que firma el mismo documento muchas veces en varios estados —inmobiliarias, administradoras, financieras, escuelas—: ahí lo que ahorra dinero no es tener más tipos de contrato, es que el contrato diga el artículo del estado donde está el inmueble. El caso completo está en firma electrónica para inmobiliarias y administradores.
- Quien ya tiene sus contratos revisados por su abogado y sólo necesita mandarlos a firmar: ahí el catálogo de nadie importa, y la pregunta es el acuse. Las ocho preguntas para decidirlo están en cómo elegir plataforma de firma.
- Quien firma con desconocidos y necesita probar quién era: ahí lo que decide es la verificación de identidad, no el catálogo ni el precio por documento, y conviene comparar ese módulo por separado en cualquier proveedor.
Si lo que quieres es probar sin pagar, el plan gratuito de SignSolú son diez documentos sin fecha de vencimiento, y las plantillas se llenan y se mandan a firmar desde el mismo lugar. El paso a paso está en cómo funciona.
De dónde salen las citas
- Código de Comercio, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
Preguntas frecuentes
¿EasyLex es una plataforma de firma electrónica?
Es más que eso, según su propio sitio: además de firma digital y e.firma, ofrece un catálogo de más de 35 contratos, verificación de identidad, registro y renovación de marca ante el IMPI y constitución de empresas. Por eso la comparación útil es de alcance y no sólo de firma.
¿EasyLex emite constancias NOM-151?
Su sitio nombra la NOM-151 entre sus características y la describe como un mensaje de datos cifrado, pero no publica el nombre del prestador de servicios de certificación acreditado que la emite. Conviene preguntarlo: la constancia sólo la puede emitir un PSC autorizado, y el directorio lo publica la Secretaría de Economía.
¿SignSolú emite constancias NOM-151?
No. SignSolú no es prestador de servicios de certificación acreditado y no emite constancias NOM-151. Lo que entrega es un acuse de auditoría con quién firmó, cuándo, desde dónde y con la huella del documento, verificable en público y sin cuenta.
¿Cuál conviene si firmo contratos de arrendamiento en varios estados?
El arrendamiento es materia local y los códigos no dicen lo mismo. SignSolú publica una plantilla por entidad para las 32, con las diferencias del código local citadas con número de artículo; el catálogo de EasyLex está organizado por tipo de documento y no por entidad, según su sitio.
¿Las dos mandan documentos por WhatsApp?
Sí. EasyLex lo publica como WhatsApp Sign y afirma en su sitio que reduce hasta un 95% el tiempo de firma, que es su cifra y no una medición nuestra. SignSolú manda la liga por WhatsApp o por correo y deja acuse de quién firmó y cuándo.