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Plantilla de contrato de compraventa de terreno para firmar en línea

Basada en Código Civil Federal, arts. 2248 a 2322, y Ley Agraria, art. 80 · Revisada en octubre de 2026

El contrato de compraventa de terreno es el acuerdo privado donde el dueño de un lote se lo vende a otra persona. Fija la ubicación, las medidas y colindancias, el precio, los pagos y la fecha para escriturar. Esta plantilla es para terrenos de propiedad privada y trae la variante a plazos.

Ejemplo de Contrato de compraventa de terreno llenado con datos de muestra
Ejemplo llenado con datos de muestra

Usar esta plantilla o descárgala en Word.

Diez documentos gratis, sin tarjeta. Firman el vendedor y el comprador.

El contrato completo

CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA DE TERRENO

En [ciudad], [estado], a [día] de [mes] de [año], celebran el presente contrato privado de compraventa, por una parte, [nombre completo del vendedor], [con el consentimiento de su cónyuge [nombre], si el inmueble pertenece a la sociedad conyugal], a quien en lo sucesivo se le denomina «EL VENDEDOR», y, por la otra, [nombre completo del comprador], a quien en lo sucesivo se le denomina «EL COMPRADOR», al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

DECLARACIONES

I. Declara EL VENDEDOR: a) Que es mayor de edad, que se identifica con [identificación oficial] y que tiene su domicilio en [domicilio]. b) Que es el único y legítimo propietario del terreno descrito en la cláusula primera, lo que acredita con [la escritura pública número [número], otorgada ante el notario público número [número] de [ciudad], licenciado [nombre], inscrita en el Registro Público de la Propiedad de [lugar] bajo el folio real [folio]]. c) Que el terreno está libre de gravámenes, limitaciones de dominio y juicios, y que está al corriente en el pago del impuesto predial y de los derechos de agua hasta el [periodo]. d) Que el terreno es de propiedad privada y no es parcela ejidal ni tierra de uso común.

II. Declara EL COMPRADOR: a) Que es mayor de edad, que se identifica con [identificación oficial] y que tiene su domicilio en [domicilio]. b) Que visitó el terreno, que conoce su ubicación, sus medidas y su estado, y que revisó los documentos que acreditan la propiedad.

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto. EL VENDEDOR vende y EL COMPRADOR compra el terreno ubicado en [calle, número o lote, manzana, colonia o fraccionamiento, municipio y estado], con clave catastral [clave], con una superficie de [metros cuadrados] y las siguientes medidas y colindancias: al norte, [metros] con [colindante]; al sur, [metros] con [colindante]; al oriente, [metros] con [colindante]; al poniente, [metros] con [colindante]. La venta incluye [todo lo que de hecho y por derecho le corresponde / las construcciones, bardas o servicios que se describen: [descripción]].

SEGUNDA. Precio. El precio total de la compraventa es de $[monto] ([monto con letra] pesos 00/100 M.N.), que las partes fijan de común acuerdo.

TERCERA. Forma de pago. EL COMPRADOR paga el precio de la siguiente manera: [de contado a la firma de este contrato / un enganche de $[monto] a la firma y [número] pagos mensuales de $[monto] cada uno, los días [día] de cada mes, a partir del [fecha]], mediante transferencia a la cuenta CLABE [CLABE] a nombre de EL VENDEDOR. EL VENDEDOR entrega recibo de cada pago.

CUARTA. Pagos a plazos y reserva de dominio. [Sólo si hay pagos pendientes.] EL VENDEDOR se reserva la propiedad del terreno hasta que el precio quede pagado en su totalidad. La falta de pago de [número] mensualidades consecutivas da derecho a EL VENDEDOR a rescindir este contrato. En ese caso, EL VENDEDOR devuelve lo recibido, menos [una renta por el uso del terreno de $[monto] mensuales / el porcentaje de [número]% por concepto de pena convencional].

QUINTA. Entrega de la posesión. EL VENDEDOR entrega a EL COMPRADOR la posesión material del terreno el [fecha], libre de ocupantes, junto con [los recibos de predial y agua al corriente, el plano o la constancia de alineamiento y número oficial, si los tiene].

SEXTA. Escrituración. Las partes se obligan a formalizar esta compraventa en escritura pública ante el notario público que designe [EL COMPRADOR], a más tardar el [fecha]. EL VENDEDOR se obliga a presentarse a firmar y a entregar los documentos que el notario le pida. Los gastos, derechos y honorarios de la escrituración corren a cargo de [EL COMPRADOR / ambas partes por mitad], y cada parte paga los impuestos que la ley pone a su cargo.

SÉPTIMA. Impuestos y servicios. El impuesto predial, los derechos de agua y cualquier otro cargo del terreno corren por cuenta de EL VENDEDOR hasta la fecha de entrega de la posesión, y por cuenta de EL COMPRADOR a partir de ella.

OCTAVA. Saneamiento. EL VENDEDOR responde del saneamiento para el caso de evicción y por los vicios o gravámenes ocultos que tuviera el terreno.

NOVENA. Incumplimiento. Si una de las partes no cumple con este contrato, la otra puede exigir su cumplimiento o su rescisión, en ambos casos con el pago de daños y perjuicios. [Pena convencional por incumplimiento: $[monto].]

DÉCIMA. Firma electrónica. Las partes acuerdan firmar este contrato privado por medios electrónicos y reconocen que su firma electrónica tiene los mismos efectos que su firma autógrafa. Cada parte conserva un ejemplar íntegro del documento firmado.

DÉCIMA PRIMERA. Jurisdicción. Para la interpretación y el cumplimiento de este contrato, las partes se someten a las leyes y a los tribunales del lugar donde se ubica el terreno, y renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo firman en la fecha y el lugar señalados al inicio.

EL VENDEDOR: [nombre completo y firma] · [CÓNYUGE DEL VENDEDOR: nombre completo y firma] · EL COMPRADOR: [nombre completo y firma] · TESTIGOS: [nombre y firma] · [nombre y firma]

Qué trae la plantilla

  • Declaraciones con la escritura y el folio real del Registro Público
  • Firma del cónyuge cuando el terreno es de la sociedad conyugal
  • Ubicación, clave catastral, superficie, medidas y colindancias
  • Precio con número y con letra
  • Pago de contado o enganche con mensualidades
  • Reserva de dominio y rescisión por falta de pago
  • Entrega de la posesión con fecha
  • Plazo para escriturar y quién paga los gastos
  • Corte de predial y agua a la fecha de entrega
  • Saneamiento por evicción y gravámenes ocultos
  • Espacio para dos testigos
  • Consentimiento para firmar en electrónico

Lo que capturas

CampoEjemplo
Vendedor, cónyuge y compradorRamiro Esquivel Luna · Rosa Elena Garza · Daniel Ochoa Pérez
Escritura y folio realEscritura 18,452 ante el notario 7 de Querétaro · folio 00123456
Ubicación del terrenoLote 14, manzana 3, Fraccionamiento Los Encinos, Corregidora, Querétaro
Clave catastral060101501234005
Superficie, medidas y colindancias200 m², 10 x 20 m, al norte con el lote 13
Precio$1,150,000.00 (un millón ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)
Forma de pagoEnganche de $230,000.00 y 24 mensualidades de $38,333.33
Fecha de entrega de la posesión1 de noviembre de 2026
Fecha límite para escriturar30 de abril de 2027

Cómo se firma

  1. 1Eliges «Usar esta plantilla», capturas los datos de las partes y del terreno y revisas el contrato lleno.
  2. 2Lo mandas por WhatsApp o correo. La otra parte lo abre en su celular sin crear cuenta y firma con el dedo en la barra café de abajo que dice «Firmar como …».
  3. 3Recibes el PDF firmado con su certificado de auditoría. Cualquiera lo comprueba en /verificar.

Tus primeros diez documentos son gratis y no piden tarjeta.

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Qué dice la ley

El artículo 2248 del Código Civil Federal define la compraventa como la obligación de transferir una cosa a cambio de un precio cierto y en dinero. El 2249 la da por perfecta cuando las partes convienen la cosa y el precio. El 2269 dice que nadie puede vender lo que no es suyo.

Con un inmueble sí hay forma especial. El 2316 lo dice así: la compraventa no requiere formalidad, salvo cuando recae sobre un inmueble. El 2320 manda hacer la venta en escritura pública cuando el avalúo excede de 365 veces el salario mínimo diario. Debajo de ese valor, el 2317 admite documento privado ante dos testigos con firmas ratificadas ante notario, juez o Registro Público.

El 2322 agrega que la venta de un inmueble no surte efectos contra terceros hasta que se registra. Por eso el contrato privado lleva una fecha para escriturar. El 2310 permite pactar la rescisión por falta de pago de abonos, y el 2312 la reserva de dominio.

El Código Civil Federal rige en asuntos del orden federal (artículo 1o). La venta de un terreno la rige el código civil del estado donde está, que la plantilla toma con la base federal. El 1834 bis del mismo código acepta la forma escrita por medios electrónicos cuando el documento es atribuible a quien firma.

Contrato privado de compraventa de terreno y escritura

El contrato privado firmado obliga a las dos partes desde ese día. Ahí quedan el precio, los pagos, la entrega y la fecha para escriturar. La escritura ante notario y su inscripción en el Registro Público siguen su propio trámite, y la firma electrónica no las sustituye.

Mientras llega la escritura, el contrato firmado protege lo que pactaron. El comprador tiene por escrito cuánto pagó y cuándo recibió la posesión. El vendedor tiene la obligación de escriturar con fecha cierta y un recibo de cada pago.

Compraventa de terreno sin escritura

Muchas búsquedas piden un contrato de compraventa de terreno sin escritura. El contrato se puede firmar, pero el vendedor debe acreditar de algún modo que el terreno es suyo. Pide el documento con que lo adquirió y una constancia del Registro Público o del catastro.

Si el vendedor no tiene escritura, anota en la declaración b) el documento que sí tiene. Pacta en la cláusula sexta quién regulariza la propiedad y en qué plazo. Así el comprador sabe qué paso sigue antes de escriturar.

Compra venta de terreno ejidal

Una parcela ejidal sigue reglas propias de la Ley Agraria. Su artículo 80 permite vender derechos parcelarios sólo a otros ejidatarios o avecindados del mismo núcleo. Pide conformidad por escrito ante dos testigos, ratificada ante fedatario público.

El mismo artículo pide notificar por escrito al cónyuge, la concubina o el concubinario y los hijos del vendedor. Ellos tienen derecho del tanto durante treinta días naturales. También se avisa por escrito al comisariado ejidal, y el Registro Agrario Nacional expide el nuevo certificado.

Cuando la parcela adopta el dominio pleno y se da de baja del Registro Agrario Nacional, queda sujeta al derecho común (artículo 82). En su primera venta hay derecho del tanto para familiares, ejidatarios y el núcleo de población (artículo 84). Esta plantilla está redactada para terreno de propiedad privada.

Venta de terreno a plazos

La cláusula cuarta es para el lote que se paga en mensualidades. El vendedor conserva la propiedad hasta el último pago y puede rescindir si se acumulan atrasos. Fija con número cuántas mensualidades dan lugar a la rescisión.

Firma un recibo de dinero por cada abono. Al liquidar, el vendedor entrega una constancia de pago total y se presentan a escriturar en la fecha pactada.

Para leer antes de firmar

Otras plantillas

Preguntas frecuentes

¿Un contrato privado de compraventa de terreno tiene validez?

Sí. Obliga a las partes desde que convienen el terreno y el precio (artículo 2249 del Código Civil Federal). Para que surta efectos contra terceros, la venta se escritura e inscribe en el Registro Público (2322).

¿Se puede firmar en línea la compraventa de un terreno?

Sí, el contrato privado. El 1834 bis acepta la forma escrita por medios electrónicos. La escritura pública se firma ante notario en su propio trámite.

¿Necesito testigos?

Conviene llevarlos. El 2317 pide dos testigos para el documento privado de inmuebles de menor valor, con firmas ratificadas. La plantilla trae su espacio.

¿Sirve para un terreno ejidal?

No tal cual. La venta de derechos parcelarios sigue el artículo 80 de la Ley Agraria, con ratificación ante fedatario y derecho del tanto de la familia. La plantilla es para propiedad privada.

¿Qué pasa si el comprador deja de pagar las mensualidades?

El vendedor puede rescindir si así se pactó (artículo 2310). La cláusula cuarta fija cuántos atrasos dan lugar a la rescisión y qué se descuenta al devolver lo pagado.

¿Quién paga la escritura?

Lo deciden las partes. La cláusula sexta lo deja escrito y cada parte paga los impuestos que la ley le asigna.

¿Puedo bajar el formato en Word o PDF?

Sí. El botón de Word baja el contrato completo sin pedir correo. Firmado en línea, cada parte recibe el PDF con su certificado.

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