SignSolú
Plantilla gratuita · se firma en línea

Plantilla de contrato de renta de maquinaria agrícola

Un tractor no se renta como una retroexcavadora. Sale del patio al rancho, trabaja en dos o tres predios, cambia de implemento a mitad de la temporada y regresa con tierra en las llantas cuando ya se levantó la cosecha. El contrato de obra que circula en internet no tiene renglón para nada de eso: ni el predio, ni la labor, ni la hectárea, ni el traslado por la brecha.

Esta plantilla sí. Trae los predios y la labor por escrito, tres formas de cobro —por temporada, por hectárea o por día— con su propia regla si el equipo regresa antes, el traslado entre predios con quien lo hace y cuánto cuesta, la opción de que el operador lo ponga la rentadora o el productor, las reglas de operación en campo de la NOM-003-STPS-2023 y el pagaré de garantía en un anexo para firmar en tinta.

Lo llenas, lo mandas por WhatsApp o correo y el productor firma desde el celular antes de que el tractor suba a la góndola. Si lo que rentas es maquinaria de obra, la que te toca es la plantilla genérica de renta de maquinaria y equipo; cómo se escribe el plazo cuando depende de la cosecha está en renta de tractor por temporada.

Usar esta plantilla · Crear cuenta gratis

Qué trae la plantilla

  1. Declaraciones. Que el tractor y los implementos son de la rentadora y están libres de gravámenes, y que el productor tiene la posesión de los predios y conoce sus caminos, pendientes, canales y líneas eléctricas.
  2. Objeto. El tractor y cada implemento, con marca, modelo, serie, lectura del horómetro y valor de reposición.
  3. Entrega y estado. El equipo sale con lo que pide la NOM-003-STPS-2023: frenos, asiento con cinturón, espejo, luces, estructura antivuelco, extintor, guardas en la toma de fuerza y seguros en los implementos, con acta de entrega firmada.
  4. Predios y labor. Dónde trabaja el equipo y para qué; otro predio u otra labor piden permiso por escrito, y queda prohibido prestarlo, subarrendarlo o maquilar con él para terceros.
  5. Plazo y forma de cobro. Por temporada a precio fijo, por hectárea o por día, con la regla de cada una si el equipo regresa antes del plazo.
  6. Renta. Monto y forma de pago; corre desde la entrega y hasta el día en que el equipo regresa, con registro firmado de hectáreas y horómetro por predio cuando se cobra por hectárea.
  7. Operador. Si lo pone la rentadora o el productor, capacitado, sin transportar personas, sin fatiga y con su descanso; si es de la rentadora, ella responde como su patrón.
  8. Operación en campo. Tres metros a líneas energizadas, sin maniobras con riesgo de vuelco e implementos apoyados en el piso cuando no se usan; usarlo de otro modo es uso no conforme.
  9. Traslado entre predios. Quién lleva el equipo al primer predio, entre predios y de regreso, a qué precio, y cómo se traslada cuando lo hace el productor.
  10. Combustible, mantenimiento y daños. Quién pone el diésel, el engrase diario con el motor apagado, las pequeñas reparaciones del productor y los servicios por horas de la rentadora, y el aviso de falla en veinticuatro horas.
  11. Pagaré de garantía. Por el valor de reposición, en el Anexo A y en tinta; garantiza y no es pago, y se devuelve con la devolución completa.
  12. Devolución. Limpio de tierra y residuos de cosecha, revisado contra el acta de entrega, con lectura final del horómetro y constancia firmada.
  13. Notificaciones, firma electrónica y jurisdicción. Domicilios y correos de las dos partes, validez de la firma y tribunales de la ciudad donde se firma.

Y la forma, que es lo que distingue un contrato hecho de uno bajado de internet:

  • Declaraciones de cada parte antes de las cláusulas. La del productor es la que casi ningún formato trae: que conoce los caminos, las pendientes, los canales y las líneas eléctricas de sus predios.
  • Un renglón por pieza —el tractor y cada implemento—, con serie, horómetro y valor de reposición. El valor de reposición es el monto del pagaré.
  • Los predios y la labor van en el cuerpo del contrato, no en una nota: de ellos depende qué es uso convenido y qué no.
  • El pagaré va después de las firmas, en el Anexo A, en una hoja propia que se imprime y se firma en tinta. No lleva espacio de firma electrónica a propósito.
  • Cada hoja numerada y con espacio de rúbrica al margen, para que no se pueda sustituir una hoja intermedia.
  • Negro sobre blanco, en Times New Roman y a hoja carta: el formato con el que se lee un contrato en un juzgado.

Lo que capturas

CampoEjemplo
Rentadora y productor, con domicilioMaquinaria Agrícola del Valle de Culiacán, S.A. de C.V.
Tractor e implementos: marca, modelo, serie, horómetro y valor de reposición1 tractor John Deere 6110E, horómetro en 2,860 h, y 1 rastra de 20 discos; valor de reposición $1,450,000.00
Predios donde se usaráPredio La Loma, ejido Costa Rica, Culiacán, Sin., 40 ha
Labor que se harárastreo y siembra de maíz
Cómo se cobrapor temporada, a precio fijo por todo el plazo; los pagos parciales son sólo plazos para pagar
Con o sin operadorsin operador: lo opera personal del productor
Fecha de entrega y plazodel 20 de octubre al 20 de diciembre de 2026
Precio y forma de pago$120,000.00 por la temporada, más IVA, en dos pagos
Traslado entre predioslo hace la rentadora, en góndola, a $3,500.00 por viaje
Combustiblediésel a cargo del productor; el tractor se entrega con el tanque lleno y se devuelve lleno
Valor de reposición y vencimiento del pagaré$1,733,000.00, al 28 de febrero de 2027
Ciudad y fecha de firmaCuliacán, Sinaloa

Qué dice la ley

Rentar un tractor es arrendar un bien mueble. El artículo 2398 del Código Civil Federal define el arrendamiento como el contrato en que una parte concede «el uso o goce temporal de una cosa» y la otra paga «un precio cierto», y el 2459 manda aplicar al arrendamiento de muebles las disposiciones del mismo Título que sean compatibles con esos bienes.

La norma de seguridad del campo es la NOM-003-STPS-2023, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, publicada en el Diario Oficial el 25 de enero de 2024. Su numeral 2 la hace aplicable al «uso y mantenimiento de maquinaria, vehículos, tractores, herramientas y equipos agrícolas», y su transitorio tercero dejó sin efectos a la NOM-007-STPS-2000 desde que la nueva entró en vigor, un año después de publicada. Muchas páginas en internet todavía citan la 007; ya no rige.

De la norma salen dos cláusulas. La de entrega copia el numeral 9.3: guardas en la toma de fuerza (inciso a), pasadores o seguros que impidan el desenganche de implementos (inciso e) y, para el tractor con propulsión propia, frenos suficientes con la carga máxima, asiento con cinturón, espejo retrovisor, luces para trabajo nocturno, estructura que proteja contra el sol y las volcaduras y extintor (inciso f). Y la de operación en campo copia el 9.4: no transportar personas en tractores no diseñados para ello (h), no operar con fatiga evidente o somnolencia (i), un descanso de al menos 20 minutos por cada 4 horas de operación (j) y tres metros de distancia a líneas eléctricas energizadas (e).

Un matiz que la plantilla respeta: la NOM-003 obliga al patrón del centro de trabajo agrícola, es decir al productor que opera con su gente, no a la rentadora. El contrato no le traslada a la rentadora obligaciones que la norma no le pone; lo que hace es escribir esas reglas como estado de entrega (artículo 2412, fracción I, del Código Civil Federal) y como uso convenido del equipo.

El plazo y el precio tienen dos artículos que conviene conocer antes de llenar el renglón de cobro. El 2463 dice que si el arrendatario devuelve la cosa antes y la renta se ajustó «por períodos de tiempo», sólo paga los períodos corridos hasta la entrega. El 2464 dice lo contrario cuando el arrendamiento se hizo «por tiempo fijo y los períodos sólo se pusieron como plazos para el pago»: entonces se debe la totalidad. La renta por temporada a precio fijo es el segundo caso, y la plantilla lo dice con esas palabras.

El uso convenido es el 2425, fracción III: el arrendatario se sirve de la cosa «solamente para el uso convenido». Por eso los predios y la labor van escritos. El 2480 prohíbe subarrendar o ceder sin consentimiento, con responsabilidad solidaria del que lo hace, y la plantilla lo extiende a maquilar con el tractor para terceros. El 2468 presume el deterioro a cargo del arrendatario salvo que pruebe que no fue su culpa, y el 2469 lo carga aun por caso fortuito si usó el equipo de un modo no conforme con el contrato. La renta corre desde la entrega (2426) y hasta el día en que el equipo regresa (2429).

El pagaré del Anexo A es el mismo de la plantilla genérica y se rige por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Se firma en tinta, y por qué está explicado en pagaré con firma electrónica: qué se puede y qué no.

Fuente: los artículos del Código Civil Federal se leyeron el 16 de octubre de 2026 en el PDF de la Cámara de Diputados, con reformas hasta el Diario Oficial del 14 de noviembre de 2025; los numerales 2, 9.1, 9.3, 9.4 y los transitorios de la NOM-003-STPS-2023, el mismo día en el texto del Diario Oficial.

Esto no es asesoría legal. Las preguntas generales están en la guía legal.

Lo que cambia entre rentar para el campo y rentar para la obra

La plantilla genérica de renta de maquinaria y equipo está escrita para una máquina que llega a una obra con domicilio, trabaja ahí y regresa con flete. En el campo el equipo se mueve: de un predio a otro, a veces de un ejido a otro, y la obra no tiene número exterior. Cambian cuatro renglones, y los cuatro son cláusulas, no adjetivos.

El primero es dónde: el predio, con nombre, ejido o localidad y hectáreas, y la labor que se va a hacer. El segundo es cómo se cobra, que en el campo tiene tres formas y cada una con su regla. El tercero es el traslado, que en obra es un flete y aquí son varios viajes por caminos que no siempre aguantan el peso. Y el cuarto es la norma: en obra se cita la de maquinaria de construcción; aquí, la agrícola.

Por temporada, por hectárea o por día

Las tres existen porque el productor las pide. Por temporada conviene a quien siembra un ciclo completo y quiere el tractor disponible todo ese tiempo; por hectárea, a quien sólo necesita rastrear o sembrar cuarenta hectáreas; por día, a quien tiene una labor corta. La diferencia que importa es qué pasa si el tractor regresa antes: por temporada a precio fijo se paga completa (2464); por hectárea o por día, sólo lo trabajado o los días corridos (2463). El razonamiento completo, con los plazos atados a la cosecha, está en renta de tractor por temporada.

El registro de hectáreas, firmado por predio

Cuando se cobra por hectárea, el número de hectáreas es el precio. La plantilla pide que al terminar cada predio las dos partes firmen cuántas hectáreas se trabajaron y la lectura del horómetro en ese momento. Es un renglón de dos minutos que evita la discusión de fin de temporada, y cómo se anota el horómetro está en el horómetro en renta de maquinaria.

Con operador de la rentadora o del productor

Si el tractor lo opera la gente del productor, el contrato traslada uso y riesgo y conviene que diga quién está autorizado. Si lo opera un operador de la rentadora, son dos obligaciones —renta y servicio— y la rentadora responde de él como patrón. La diferencia está trabajada en renta de maquinaria con operador y, para el caso contrario, en retroexcavadora sin operador: lo que declara el cliente.

La entrega en el rancho, y la devolución con tierra en las llantas

El acta de entrega es la mitad del contrato. Lo que la ley presume a favor de la rentadora sólo sirve si hay con qué comparar: el 2442 obliga a devolver la cosa tal como se recibió cuando se entregó con descripción expresa de sus partes, y el 2443 presume, sin esa descripción, que se recibió en buen estado. Un tractor que sale con una fuga de aceite sin anotar salió sano.

Por eso la plantilla remite al acta de entrega y devolución de equipo con la lectura del horómetro y el estado de cada pieza, y pide que el equipo regrese limpio de tierra y de residuos de cosecha, que es lo que permite revisar si la rastra trae un disco roto.

Sin señal en el predio

El rancho rara vez tiene datos. El orden que funciona es firmar el contrato antes de que el tractor salga del patio y cerrar el acta al llegar, con fotos que se suben en cuanto hay señal. Está explicado paso por paso en firmar la entrega del equipo en una obra sin señal, y la parte de las fotos, en el acta de entrega del equipo con fotos.

Si el equipo regresa dañado o no regresa

El 2468 presume el deterioro a cargo del productor y el 2469 lo extiende al caso fortuito cuando usó el equipo de un modo no conforme con el contrato: por ejemplo, en un predio que no estaba escrito o pasando debajo de una línea energizada. Cómo se documenta el daño está en el equipo rentado regresó dañado, y qué hacer si el tractor no vuelve, en el cliente no devuelve el equipo rentado.

Cómo se firma sin que el productor vaya a la oficina

El productor está en el campo y el tractor lo necesita mañana. Guardas los datos de tu empresa una vez; después cambian el productor, el equipo, los predios y la temporada. La liga sale por WhatsApp o por correo y el productor firma desde su celular, sin crear cuenta ni instalar nada.

Las dos partes se quedan con el PDF y su certificado de auditoría —hora, IP, dispositivo y huella SHA-256 del archivo—, comprobable por cualquiera en /verificar sin cuenta. El pagaré del anexo se imprime y se firma en tinta; cómo se entrega todo en un solo envío está en pagaré y contrato en el mismo envío. El camino completo está en cómo funciona y las dudas de ley, en el FAQ legal. Son diez documentos gratis sin tarjeta desde tu cuenta.

Qué plataformas publican algo para el campo, leído en sus propios sitios, está en plataformas de firma electrónica para empresas agrícolas. Y si además de la maquinaria rentas la tierra, la plantilla es otra: arrendamiento de terreno.

Preguntas frecuentes

¿Qué norma de seguridad aplica a un tractor rentado?
La NOM-003-STPS-2023, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, publicada en el Diario Oficial el 25 de enero de 2024. Su numeral 2 la hace aplicable al uso y mantenimiento de tractores y maquinaria agrícola, y su transitorio tercero dejó sin efectos a la NOM-007-STPS-2000. Obliga al patrón del centro de trabajo agrícola; el contrato la usa para fijar el estado de entrega y las reglas de operación del equipo.
Si el productor devuelve el tractor antes de que acabe la temporada, ¿paga completo?
Depende de cómo se pactó. Si se rentó por temporada a precio fijo y los pagos sólo son plazos para pagar, el artículo 2464 del Código Civil Federal obliga a pagar la totalidad. Si se rentó por día o por hectárea, el 2463 sólo obliga a pagar los períodos corridos o lo trabajado hasta la entrega. La plantilla te pide elegir una de las tres formas para que no quede duda.
¿Puede el productor usar el tractor para maquilar a sus vecinos?
No sin permiso por escrito. El artículo 2425, fracción III, del Código Civil Federal obliga a usar la cosa sólo para el uso convenido, y el 2480 prohíbe subarrendar o ceder sin consentimiento del arrendador, con responsabilidad solidaria. La plantilla escribe los predios y la labor, y prohíbe prestar, subarrendar o maquilar con el equipo para terceros.
¿Quién paga el traslado entre predios?
Quien diga el contrato, y por eso tiene cláusula propia: quién lleva el equipo al primer predio, entre predios y de regreso, y a qué precio por viaje. Cuando el traslado lo hace el productor, la plantilla le pide llevar los implementos asegurados con sus pasadores, con luces y por caminos que aguanten el peso, y deja a su cargo los daños y multas de ese traslado.
¿El pagaré se puede firmar desde el celular?
La plantilla lo pone en un anexo para imprimirse y firmarse en tinta. El contrato y el acta se firman desde el celular con su certificado de auditoría; el pagaré se firma en papel porque así conserva lo que un pagaré existe para dar. El pagaré garantiza y no es pago, y se devuelve cuando se firma la devolución completa del equipo.
¿Sirve esta plantilla para rentar la parcela?
No. Ésta es para la maquinaria: tractor e implementos. Rentar la tierra es un arrendamiento de inmueble, con otras reglas, y tiene su propia plantilla de arrendamiento de terreno. Esto no es asesoría legal: para tu caso concreto consulta a tu abogado.

Para leer antes de firmar

Otras plantillas

Todas las plantillas · Verificar un documento