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Un trabajador le faltó al respeto a su supervisor: ¿qué acta le levanto?

Basada en Ley Federal del Trabajo, arts. 47 frs. II, III y IV, y 517 · Revisada en octubre de 2026

8 min de lectura

Un acta administrativa por injurias o malos tratamientos, y la fracción del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo cambia según a quién se le faltó. Si fue al patrón, a sus familiares o al personal directivo o administrativo —un supervisor lo es—, es la fracción II; si fue a un compañero, es la fracción III y sólo cuenta si como consecuencia se alteró la disciplina del lugar de trabajo. Lo que hace valer el acta son las palabras textuales, la hora, el lugar y quién las escuchó. Y el reloj corre: el artículo 517 prescribe en un mes las acciones del patrón para disciplinar faltas.

Pasa un martes a media mañana: el trabajador le grita algo al supervisor delante de la cuadrilla. Para el mediodía ya hay tres versiones de lo que dijo y para el viernes hay cinco. El documento que fija los hechos antes de que se deformen es el acta administrativa, y lo que decide si sirve es la precisión, no la indignación.

Cómo se levanta un acta en general, con sus pasos y su molde, está en tengo que levantar un acta administrativa. Esta pieza es sobre el caso concreto de la falta de respeto, que tiene dos fracciones distintas y una exigencia de redacción propia.

Primero: a quién se le faltó al respeto

La Ley Federal del Trabajo trata este caso en dos fracciones del artículo 47, y la diferencia no es de grado, es de destinatario.

La fracción II —reformada en el Diario Oficial del 30 de noviembre de 2012— es causa de rescisión sin responsabilidad para el patrón cuando el trabajador incurre, durante sus labores, «en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia».

La fracción III aplica cuando el trabajador comete contra alguno de sus compañeros cualquiera de esos actos, pero agrega una condición: «si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo». Eso significa que un pleito entre dos operadores que nadie más notó no está en el mismo renglón que un grito en la línea de producción que paró el turno.

Las tres fracciones del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo que cubren una falta de respeto: la fracción II contra el patrón sus familiares el personal directivo o administrativo o contra clientes y proveedores durante las labores, la fracción III contra un compañero y sólo si se altera la disciplina del lugar, y la fracción IV fuera del servicio y sólo si es tan grave que hace imposible la relación de trabajo
La misma conducta cae en tres renglones distintos según a quién y dónde.

El caso de la falta fuera del trabajo

Hay una tercera posibilidad que casi nadie usa bien. La fracción IV cubre que el trabajador cometa, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo administrativo, alguno de los actos de la fracción II, pero sólo «si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo». La barra es más alta a propósito: un mensaje en un grupo de WhatsApp el domingo no se juzga igual que una injuria en el turno.

Lo que el acta tiene que asentar, en este orden

  1. 1Lugar, fecha y hora exactas en que ocurrió, y la hora en que se levanta el acta, que son dos horas distintas.
  2. 2Quién estaba presente, con nombre completo y puesto: el afectado, el trabajador, los testigos y quien conduce el acta.
  3. 3Los hechos, con las palabras textuales y entre comillas. Es el renglón que más se incumple y el que decide el valor del documento: «me dijo groserías» no es un hecho, es una conclusión. Lo que vale es la frase que dijo, transcrita con sus palabras, aunque incomode escribirlas.
  4. 4Qué pasó como consecuencia, sobre todo si la falta fue contra un compañero: si el turno se detuvo, si alguien se retiró del área, si hubo que separar a dos personas. Es lo que acredita la alteración de la disciplina que pide la fracción III.
  5. 5Si hubo provocación o defensa propia, dicho por el trabajador. La fracción II trae esas dos excepciones en su propio texto, así que un acta que no les da espacio está incompleta.
  6. 6La manifestación del trabajador, en sus palabras, y la constancia de que se le dio oportunidad de darla. Si se niega a firmar o a declarar, eso se asienta igual, con la hora.
  7. 7Firmas del trabajador, los testigos y el representante de la empresa, con la nota de quién se negó a firmar, si alguien se negó.

Cuándo un documento pide dos testigos y cómo se firman está en contratos que piden dos testigos. Y si el trabajador se niega a firmar, lo que procede es lo mismo que con el aviso: está en el trabajador no quiere firmar el aviso de rescisión.

Si la falta fue contra…Fracción del 47Qué hay que acreditar además
El patrón o el dueñoIIQue fue durante las labores, y que no hubo provocación ni defensa propia
Un supervisor, jefe de área o gerenteIIQue la persona es personal directivo o administrativo de la empresa
Alguien de administración o recursos humanosIILo mismo: su puesto en la empresa
Un cliente o un proveedorIIQue es cliente o proveedor del patrón, y que fue durante las labores
Un compañero del mismo nivelIIIQue como consecuencia se alteró la disciplina del lugar de trabajo
El patrón o un directivo, fuera del trabajoIVQue es tan grave que hace imposible el cumplimiento de la relación
Las fracciones II, III y IV del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, en el PDF de la Cámara de Diputados con última reforma publicada en el Diario Oficial el 14 de mayo de 2026, leídas el 28 de octubre de 2026; las fracciones II y XIV se reformaron en el Diario Oficial del 30 de noviembre de 2012. La columna de la derecha es criterio práctico de redacción, no un requisito literal del artículo.

El reloj: un mes, y empieza al día siguiente

Esto es lo que más se pierde por dejarlo enfriar. El artículo 517 dice que prescriben en un mes las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios; y precisa cuándo empieza a correr: «a partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de la separación o de la falta».

O sea que el mes no se cuenta desde que la empresa decidió actuar, sino desde el día siguiente a que se enteró. Un acta levantada el mismo día es también la prueba de cuándo se enteró, y por eso conviene que exista aunque la empresa no vaya a rescindir: un acta que documenta y una sanción menor dejan abierta la vía si la conducta se repite, y una falta sin acta se vuelve impronunciable al mes siguiente.

Los plazos de una falta de respeto en el trabajo: un mes para las acciones del patrón para disciplinar la falta, contado desde el día siguiente a que se tuvo conocimiento, según el artículo 517; cinco días hábiles para comunicar el aviso de rescisión al Tribunal competente cuando no se entrega en mano, según el artículo 47; y un mes para que el trabajador se separe del trabajo por causa imputable al patrón, según el 517 fracción II
El plazo corto no es el del aviso: es el mes del 517.

Si la empresa decide rescindir, el aviso tiene reglas propias

El acta no es el despido. Si la empresa decide rescindir, los párrafos finales del artículo 47 piden un aviso escrito que refiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron. Ese aviso se entrega personalmente al trabajador en el momento del despido, o se comunica al Tribunal competente dentro de los cinco días hábiles siguientes, dando el último domicilio registrado para que la autoridad lo notifique.

Y hay dos frases del mismo artículo que conviene tener presentes: la prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no empieza a correr hasta que el trabajador reciba personalmente el aviso de rescisión, y la falta de aviso —al trabajador o por conducto del Tribunal— «por sí sola presumirá la separación no justificada, salvo prueba en contrario». El formato está en aviso de rescisión y cómo se entrega dejando constancia, en cómo se avisa la terminación de un contrato.

Qué no conviene hacer

  • Escribir adjetivos en vez de palabras. «Se dirigió de manera irrespetuosa» no dice nada. La frase textual, sí.
  • Dejar pasar el mes. El 517 no se repara con un acta posterior que diga que la empresa «ya lo venía observando».
  • Levantar el acta sin oír al trabajador. La fracción II tiene dos excepciones escritas —provocación y defensa propia— y sólo él las puede alegar.
  • Descontarle el día como castigo. Los descuentos al salario tienen sus propias reglas y su propio límite; el tope del artículo 110 y qué se puede descontar está en acta por daños a la maquinaria de la empresa.
  • Guardar el acta sin firmas ni hora. Un documento sin fecha cierta y sin acuse vale lo que la memoria de quien lo redactó.

Las actas vecinas, para no usar la equivocada

La falta de respeto se confunde con dos causales que tienen su propio molde. Si el trabajador no obedeció una instrucción del trabajo contratado, eso es desobediencia y va por la fracción XI: está en acta administrativa por desobediencia, y su plantilla en acta administrativa por desobediencia. Si lo que hubo fue un acto deshonesto —no una grosería—, la causal es la falta de probidad de la misma fracción II y el formato está en acta administrativa por falta de probidad.

Y si la conducta fue hostigamiento o acoso sexual, no es este acta: la fracción VIII tiene su propio supuesto y su propio formato, en acta administrativa por acoso sexual y el marco general, en firma electrónica para recursos humanos. El catálogo completo de actas por causal está en acta administrativa.

Cómo se firma cuando el trabajador está en obra y el director en otra ciudad

El acta se levanta donde ocurrió el hecho, que casi nunca es donde está quien firma por la empresa. Sale como documento a firma por WhatsApp o por correo: el trabajador, los testigos y el representante la abren en su celular y firman sin crear cuenta ni instalar nada, el mismo día. Queda el acuse con hora, IP, dispositivo y huella SHA-256 del archivo, que es lo que después prueba que el acta no se redactó tres semanas más tarde. Cualquiera lo comprueba en /verificar sin cuenta, y qué trae ese acuse está en qué es un acuse de auditoría.

Cómo se firma un acta administrativa a distancia, paso por paso, está en cómo firmo un acta administrativa a distancia; y si la obra está donde no hay señal, en firmar la entrega del equipo en una obra sin señal, que funciona igual para un acta. Quién puede firmar por la empresa está en firma electrónica y personas morales. El camino completo está en cómo funciona, las dudas de validez en el FAQ legal, y el plan gratis son diez documentos sin tarjeta desde tu cuenta.

De dónde salen las citas

Preguntas frecuentes

¿Qué acta le levanto a un trabajador que le faltó al respeto a su supervisor?

Un acta administrativa por injurias o malos tratamientos, apoyada en la fracción II del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, que cubre los actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa, cometidos durante las labores. Un supervisor es personal directivo, así que la fracción aplica. El acta tiene que asentar las palabras textuales, la hora, el lugar, los testigos y la manifestación del trabajador.

¿Y si la falta de respeto fue a un compañero, no a un jefe?

Entonces la fracción es la III, y pide algo más: que como consecuencia de esos actos «se altere la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo». Por eso en ese caso el acta tiene que documentar la consecuencia y no sólo la conducta: si el turno se detuvo, si hubo que separar a dos personas, si alguien dejó su área. Sin esa consecuencia, la fracción III se queda corta.

¿Tengo que escribir las groserías tal como las dijo?

Conviene, entre comillas y con sus palabras. Un acta que dice «se expresó de forma irrespetuosa» no asienta un hecho, asienta una opinión de quien la redactó, y es lo primero que se desarma. Lo que se juzga son injurias o malos tratamientos concretos, así que la frase textual, con la hora y quién la escuchó, es el contenido del documento.

¿Cuánto tiempo tengo para actuar?

Un mes. El artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo dice que prescriben en un mes las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios, y que ese plazo corre a partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de la separación o de la falta. Por eso el acta se levanta el mismo día: también es la prueba de cuándo se enteró la empresa.

¿El acta ya es el despido?

No. El acta documenta el hecho. Si la empresa decide rescindir, el artículo 47 pide además un aviso escrito que refiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron, entregado personalmente al trabajador en el momento del despido o comunicado al Tribunal competente dentro de los cinco días hábiles siguientes. El mismo artículo advierte que la falta de ese aviso presumirá por sí sola la separación no justificada, salvo prueba en contrario.

¿Qué pasa si el trabajador dice que lo provocaron?

Hay que asentarlo. La propia fracción II termina con «salvo que medie provocación o que obre en defensa propia», así que esas dos excepciones viven dentro del texto de la causal. Un acta que no le dio oportunidad al trabajador de manifestar su versión deja esa puerta abierta para después, y conviene que el acta registre tanto lo que dijo como la constancia de que se le dio la oportunidad de decirlo.

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