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Soy dentista: ¿el paciente firma un consentimiento informado en cada tratamiento?

Basada en NOM-013-SSA2-2015, numerales 9.6.2 y 9.6.9 · Revisada en octubre de 2026

10 min de lectura

No en cada cita: en cada plan de tratamiento, y otra vez cada vez que el plan cambia. El numeral 9.6.2 de la NOM-013-SSA2-2015 dice que si se modifica el plan de tratamiento, el estomatólogo elabora otra carta. Una revisión de control del mismo plan no pide carta nueva; una ortodoncia que pasa a incluir una extracción, sí. Firman tres: quien otorga el consentimiento, el estomatólogo y un testigo, por el 9.6.9.11. Y la carta dental pide tres renglones que la médica no trae: los riesgos por frecuencia o gravedad, los beneficios con su grado aproximado de probabilidad y el curso del padecimiento sin tratamiento.

Un consultorio que atiende quince pacientes al día no puede imprimir quince cartas de consentimiento cada mañana, y tampoco puede firmar una sola al abrir el expediente y no volver a tocarla en dos años de ortodoncia. La norma dental da una respuesta intermedia y bastante clara, y casi nadie la ha leído.

La norma que manda en un consultorio dental no es la del expediente clínico

La NOM-013, no la NOM-004

Éste es el primer punto y cambia todo lo demás. El numeral 5.15 de la NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico, remite el expediente odontológico de un consultorio ambulatorio independiente a la norma de enfermedades bucales. Y esa norma —la NOM-013-SSA2-2015, Para la prevención y control de enfermedades bucales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2016— trae su propia carta de consentimiento en el numeral 9.6.

La consecuencia práctica es que un consultorio dental que usa la carta médica general cumple de más en una cosa y de menos en tres. De más, porque pide dos testigos donde la dental pide uno. De menos, porque le faltan tres renglones.

Los tres renglones que la carta médica no trae

El contenido mínimo está en el numeral 9.6.9, y tres de sus puntos son propios de la norma dental. El 9.6.9.5 pide las molestias y riesgos más importantes por su frecuencia o gravedad —ordenados, no una lista plana—. El 9.6.9.6 pide los beneficios esperados con su grado aproximado de probabilidad. Y el 9.6.9.7 pide las alternativas factibles y el curso del padecimiento sin tratamiento.

Ese tercero es el que más se nota en la práctica. Un paciente que firma sabiendo qué pasa si no se extrae la muela está en otra posición que uno que sólo firmó una lista de riesgos, y para el consultorio es el renglón que explica por qué recomendó lo que recomendó, que es justo lo que se discute después. El 9.6.9.8 cierra con la opinión y recomendaciones del estomatólogo, que es donde van los cuidados y las citas de revisión.

Cuándo hace falta carta nueva, por tratamiento

La regla del 9.6.2

El numeral 9.6.2 es la regla: si se modifica el plan de tratamiento, el estomatólogo elabora otra carta. No es una formalidad de archivo, porque la carta describe un procedimiento concreto y un plan cambiado ya no es ese procedimiento.

Qué va a pasar en la cita¿Carta nueva?Por qué
Primera consulta y diagnóstico, sin procedimientoNoNo hay tratamiento que consentir todavía
Limpieza o revisión de control del mismo planNoEs el plan ya consentido
ExtracciónSíProcedimiento con sus propios riesgos
EndodonciaSíOtro procedimiento, otros riesgos y otras alternativas
Arranque de ortodonciaSíPlan de tratamiento por fases, con su propia carta
La ortodoncia pasa a incluir una extracciónSí, otraSe modificó el plan: numeral 9.6.2
Cirugía oral o implantesSíProcedimiento mayor; si hay anestesia general u hospital, rige la NOM-004
NOM-013-SSA2-2015, numeral 9.6, y NOM-004-SSA3-2012, numerales 5.15 y 10.1, en los textos del Diario Oficial de la Federación leídos el 13 de octubre de 2026. El criterio clínico de cada caso lo fija el estomatólogo que trata al paciente.
Los numerales de la NOM-013-SSA2-2015 que deciden la carta de consentimiento dental: 9.6.2 otra carta si se modifica el plan de tratamiento, 9.6.9.11 firman el estomatólogo el paciente y un testigo, 9.6.4 revocable mientras el procedimiento no inicie, 9.6.8 no obliga a realizar algo de mayor riesgo que beneficio, 9.6.1 sin terminología técnica
Cinco numerales, y uno decide la frecuencia.

Un testigo, no dos

El numeral 9.6.9.11 pide las firmas del estomatólogo, del paciente y de un testigo. El modelo del Apéndice B de la norma —que es informativo, no obligatorio— trae renglones para dos, y de ahí viene la confusión de muchos formatos que circulan. La carta del expediente clínico general sí pide dos testigos, por el numeral 10.1.1.10 de la NOM-004-SSA3-2012.

Cuándo vuelven a ser dos

Si la atención se da dentro de un hospital o con anestesia general, la que rige es la NOM-004 y entonces van dos testigos. Ahí la carta que toca es la médica, y qué debe decir está en consentimiento informado según la NOM-004. La carta dental, para consultorio, es consentimiento informado odontológico.

Menores de edad: quién firma y quién acompaña

Acompañante y firmante no son lo mismo

Son dos preguntas distintas y la norma las contesta por separado. El punto A.3 del Apéndice A Normativo pide que la atención en el consultorio de un paciente menor de edad o de una persona con discapacidad se dé con un acompañante mayor de edad, tutor o responsable. Y el Apéndice B prevé que la carta la firme el paciente o su representante legal.

Acompañante y firmante no son necesariamente la misma persona: la tía que lleva al niño a la cita puede ser el acompañante mayor de edad que la norma pide, y no ser quien puede otorgar el consentimiento. Por eso la carta lleva un campo de carácter del otorgante —el propio paciente, el padre, la madre, el tutor, el representante legal o un familiar—, que es lo que deja asentado quién firmó y con qué título. Cuando firma alguien por otra persona, el marco general está en carta poder simple y firma electrónica.

El adolescente que viene solo

Es el caso incómodo de todos los consultorios y la norma no lo resuelve con una edad: pide acompañante mayor de edad, tutor o responsable para el menor, y deja el consentimiento al paciente o a su representante legal. Lo práctico es no improvisar en la silla: la carta se manda a firmar al teléfono de quien tiene la representación, que firma desde donde esté en el momento, y la cita no se detiene.

Tres reglas de forma que vuelven útil la carta

  1. 1Sin terminología técnica. El numeral 9.6.1 lo pide, y es lo que después decide si el paciente de verdad entendió. «Extracción de la muela del juicio inferior derecha, pieza 48, con anestesia local» se entiende; una cadena de siglas no.
  2. 2Revocable mientras no inicie. El 9.6.4 deja al paciente revocar el consentimiento mientras el procedimiento no haya iniciado. Conviene que la carta lo diga en lugar de que se descubra en la silla.
  3. 3No obliga al estomatólogo a lo que es peor para el paciente. El 9.6.8 dice que el consentimiento no obliga a realizar algo que implique mayor riesgo que beneficio. Es protección para los dos lados, y despeja la idea de que un papel firmado autoriza cualquier cosa.
Cuándo hace falta carta nueva en un consultorio dental: no en la consulta de diagnóstico ni en la revisión de control del mismo plan, sí en extracción, endodoncia, arranque de ortodoncia, cirugía o implantes, y otra vez cada vez que el plan de tratamiento cambia por el numeral 9.6.2
Una por plan, y otra cada vez que el plan cambia.

Lo que no es, y lo que no dice

No es un contrato. La carta de consentimiento no trae precio, etapas ni forma de pago, y no debe traerlos: es un documento de información clínica. El presupuesto del tratamiento va aparte, con la plantilla de contrato de prestación de servicios, igual que cualquier profesional que cobra por su trabajo: el mecanismo está explicado en contador: qué contrato firmo con mis clientes y sirve igual para un consultorio.

Y no existe el «formato COFEPRIS» que pide el autocompletado de Google. La NOM-013 trae un modelo en su Apéndice B y la propia norma lo marca como informativo. Lo que es obligatorio es el contenido del 9.6.9; el formato con el que se presente, no.

Sobre firmarla en línea, lo que dicen las normas y nada más

El numeral 10.1 de la NOM-004-SSA3-2012 pide «firma» en las cartas de consentimiento, sin decir de qué tipo y sin exigir que sea autógrafa. El 5.10 admite firma «autógrafa, electrónica o digital, según sea el caso», sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables. El 5.12 permite «de manera optativa» integrar el expediente por medios electrónicos. Y el 10.1.3 permite cartas adicionales «sin que, para ello sea obligatorio el empleo de formatos impresos».

Del otro lado hay dos límites que conviene conocer y que esta página no esconde. El artículo 82 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica dice que la autorización de ingreso hospitalario de sus artículos 80 y 81 «deberá ser impreso». Y la NOM-024 regula los sistemas de expediente clínico electrónico y les pide firma electrónica avanzada del profesional. SignSolú no es uno de esos sistemas y no firma con e.firma del SAT: lo que entrega es la carta con el contenido de la norma, firmada por los tres, con su acuse. Qué es la firma avanzada y en qué se distingue de la simple está en qué es un prestador de servicios de certificación y en e.firma del SAT para contratos privados.

Cómo se firma en la sala de espera

La carta se llena con el paciente delante —los campos de riesgos, beneficios y alternativas son los que cambian por persona y por pieza—, y la liga sale por WhatsApp o correo. El paciente firma desde su celular, ahí mismo, sin crear cuenta ni instalar nada; el testigo firma desde el suyo. No hay que imprimir ni buscar quién tenga tinta, y la carta queda cerrada con los tres el mismo día.

El consultorio y el paciente se quedan con el PDF y su acuse de auditoría —hora, IP, dispositivo y huella SHA-256 del archivo—, que cualquiera comprueba en /verificar sin cuenta. Si el paciente es extranjero, que en zonas de turismo dental pasa seguido, quien manda elige el idioma de cada firmante: a quien firma en inglés le llegan en inglés el correo, el mensaje y la página de firma, mientras el consultorio trabaja en español. Qué firma un paciente de fuera está en dental work in Mexico: the consent form.

El camino completo está en cómo funciona y las dudas de validez en el FAQ legal. Diez documentos gratis sin tarjeta desde tu cuenta. Si lo que hay que firmar es una responsiva de equipo del consultorio, carta responsiva; si es el contrato del personal, contrato individual de trabajo, cuya firma electrónica está explicada en contrato individual de trabajo y firma electrónica. Qué evidencia queda de que el paciente firmó, en qué evidencia queda de que una persona firmó en línea; qué es el consentimiento electrónico, en qué es el consentimiento electrónico; y cuánto vencimiento ponerle a la liga, en cuánto vencimiento ponerle a una liga de firma.

De dónde salen las citas

Preguntas frecuentes

¿El paciente firma consentimiento en cada cita?

No. Firma una carta por plan de tratamiento, y otra cada vez que el plan cambia: el numeral 9.6.2 de la NOM-013-SSA2-2015 dice que si se modifica el plan de tratamiento, el estomatólogo elabora otra carta. Una revisión de control del mismo plan no pide carta nueva; una extracción, una endodoncia, el arranque de una ortodoncia o un cambio de plan a media ortodoncia, sí.

¿Puedo usar la carta de consentimiento médica general?

Te faltarían tres renglones y te sobraría un testigo. El numeral 5.15 de la NOM-004-SSA3-2012 remite el expediente odontológico de un consultorio ambulatorio independiente a la norma de enfermedades bucales, y el numeral 9.6.9 de la NOM-013-SSA2-2015 pide además las molestias y riesgos por su frecuencia o gravedad, los beneficios con su grado aproximado de probabilidad y el curso del padecimiento sin tratamiento. Y pide un testigo, no dos.

¿Cuántos testigos firman la carta dental?

Uno. El numeral 9.6.9.11 pide las firmas del estomatólogo, del paciente y de un testigo. El modelo del Apéndice B de la norma trae renglones para dos, pero ese apéndice es informativo y no obligatorio. Si la atención es dentro de un hospital o con anestesia general, rige la NOM-004 y entonces sí van dos testigos.

El paciente es menor de edad, ¿quién firma?

El paciente o su representante legal, por el Apéndice B. Aparte de eso, el punto A.3 del Apéndice A Normativo pide que la atención del menor o de la persona con discapacidad se dé con un acompañante mayor de edad, tutor o responsable. Son dos cosas distintas: quien acompaña a la cita no siempre es quien puede otorgar el consentimiento, y por eso la carta lleva un campo de carácter del otorgante.

¿El paciente puede echarse para atrás después de firmar?

Mientras el procedimiento no haya iniciado, sí. El numeral 9.6.4 deja el consentimiento revocable hasta ese momento. Conviene que la carta lo diga, en lugar de que se descubra en la silla. Y el 9.6.8 agrega la protección del otro lado: el consentimiento no obliga al estomatólogo a realizar algo que implique mayor riesgo que beneficio para el paciente.

¿Existe un formato oficial de COFEPRIS para esto?

No. La NOM-013-SSA2-2015 trae un modelo en su Apéndice B y la propia norma lo marca como informativo, no como formato obligatorio. Lo que es obligatorio es el contenido del numeral 9.6.9; con qué formato se presente, no. Si alguien te vende un «formato COFEPRIS», lo que te está vendiendo es un modelo más.

Plantilla lista para firmar

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