Guerrero: dos meses de depósito y el año que sólo obliga al dueño
La respuesta corta
En Guerrero el arrendamiento de vivienda urbana tiene un plazo mínimo de un año que es forzoso para el arrendador y voluntario para el arrendatario, prorrogable a voluntad de éste hasta por dos años más si está al corriente en el pago: lo dice el artículo 2385 del Código Civil del Estado. O sea que el contrato de un año que firmas puede durar tres y la decisión no es tuya. Y la garantía tiene techo: el artículo 2339 permite exigir fianza o depósito hasta por el equivalente a dos meses de renta, no los tres de costumbre en el país. El registro del contrato es obligación del arrendador y el artículo 2389 le da al inquilino acción para demandarlo.
Un dueño en Acapulco firma un contrato de un año porque piensa revisar la renta al vencimiento. En Guerrero ese plan no se sostiene solo. El plazo que acaba de firmar lo ata a él y no al inquilino, y el inquilino que paga a tiempo puede estirarlo dos años más sin pedirle permiso. No es una interpretación: está escrito.
El plazo que obliga a uno y no al otro
El artículo 2385 del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero fija la duración mínima de todo arrendamiento de finca urbana destinada a habitación en un año forzoso para el arrendador y voluntario para el arrendatario, prorrogable a voluntad de éste hasta por dos años más, siempre que se encuentre al corriente en el pago de las rentas.
Lee las tres piezas por separado, porque cada una cambia algo. «Un año forzoso para el arrendador»: el dueño no puede pactar seis meses. «Voluntario para el arrendatario»: el inquilino sí puede irse antes del año, y el plazo no le sirve al dueño para retenerlo. «Prorrogable a voluntad de éste hasta por dos años más»: la prórroga no se negocia, se ejerce, y la condición única es estar al corriente. El contrato que firmas de un año es, en la práctica, un contrato de hasta tres años cuya duración decide el inquilino.
La consecuencia práctica no es legal, es de números: la cláusula de aumento. Si el contrato no trae una fórmula de ajuste anual aplicable durante la prórroga, el dueño puede acabar con la renta del primer año vigente hasta el tercero. Ese es el error que el artículo castiga sin castigar a nadie: nada más deja al que no leyó con tres años del precio de uno. Cómo se calcula un aumento donde el código sí lo topa, para comparar, está en el aumento de renta en Baja California. Y la figura general de la prórroga, en qué es la prórroga legal del arrendamiento.
La garantía topa en dos meses
El artículo 2339 es el límite: el arrendador podrá exigir fianza o depósito hasta por el equivalente a dos meses de renta para garantizar el cumplimiento. Dos, no tres. Es menos de lo que se pide por costumbre en buena parte del país, y es la clase de dato que nadie revisa porque el contrato se copió de un modelo de otro estado.
El 2341 agrega una regla que mueve quién elige: si la renta mensual no excediera el equivalente a cinco días de salario mínimo, el arrendatario podría elegir el tipo de garantía que otorga. Y el 2393, para vivienda de interés social, le permite dar fianza o sustituirla con el depósito de un mes de renta adicional. Las tres reglas juntas dicen lo mismo desde tres ángulos: en Guerrero la garantía es más chica y más del inquilino de lo que un contrato genérico supone.
| Qué | Lo que dice el código de Guerrero | Artículo |
|---|---|---|
| Plazo mínimo de vivienda urbana | Un año, forzoso para el arrendador y voluntario para el arrendatario | 2385 |
| Prórroga | Hasta dos años más, a voluntad del arrendatario al corriente | 2385 |
| Tope de la garantía | Fianza o depósito hasta por dos meses de renta | 2339 |
| Quién elige el tipo de garantía | El arrendatario, si la renta no pasa de cinco días de salario mínimo | 2341 |
| Vivienda de interés social | Fianza, o un mes de renta adicional en depósito | 2393 |
| Forma escrita | Exigida cuando la renta mensual pasa de quince días de salario mínimo | 2331 |
| Registro del contrato | Obligación del arrendador, con acción del arrendatario para exigirlo | 2389 |
| Si sigue sin plazo determinado | Termina con aviso indubitable dado con dos meses de anticipación | 2420 |
Si el inquilino se va antes del año
Se puede ir, y eso es lo que significa «voluntario para el arrendatario» en el 2385. El dueño no tiene un plazo que oponerle. Lo que sí queda es lo ordinario de cualquier salida: el aviso en los términos del contrato, el estado del inmueble contra el inventario de entrada y la devolución del depósito dentro del tope del 2339, con los descuentos que el inventario sostenga. Cómo se avisa dejando constancia está en cómo se avisa la terminación de un contrato, y qué pasa si nadie dice nada al vencimiento, en qué es la tácita reconducción.
Por eso conviene que el inventario de entrada sea un documento firmado y no una lista en el contrato: es lo que después sostiene cualquier descuento. La figura, aplicada a otro tipo de bien, está en acta de entrega y recepción de equipo, y el recibo del anticipo o del apartado, en recibo de anticipo y apartado y en recibo de dinero.
El registro, y por qué el inquilino lo puede exigir
El artículo 2389 pone el registro del contrato como obligación del arrendador y le da al arrendatario acción para demandar ese registro y la entrega de su copia registrada, además del derecho de registrar él mismo su ejemplar. No es un trámite que se puede dejar pendiente de mutuo acuerdo: una de las dos partes puede exigirlo en cualquier momento, y la que puede exigirlo es la que no lo tiene que hacer.
Guerrero no está solo en esto y vale ver el patrón: en Chiapas el registro es gratuito y también trae acción para el arrendatario, además de pedir credencial para votar y CURP de las dos partes, como está en Chiapas: el contrato que pide dos testigos. En Tabasco el registro también se puede demandar, y el detalle está en Tabasco: la renta tiene techo. Lo que un contrato firmado en línea resuelve de esto es una parte: el documento íntegro y con acuse; el trámite ante la autoridad local sigue siendo presencial donde la entidad no lo tenga en línea.
Lo que el contrato tiene que decir por todo lo anterior
- 1El plazo, con su naturaleza dicha en voz alta: que es forzoso para el arrendador y voluntario para el arrendatario, y que la prórroga de hasta dos años es a voluntad de éste si está al corriente. Escribirlo evita la discusión de buena fe al vencimiento.
- 2La fórmula de ajuste de la renta aplicable también durante la prórroga. Es la cláusula que el 2385 vuelve indispensable y la que casi ningún modelo trae.
- 3El monto de la garantía dentro del tope del 2339, y de qué responde: si cubre rentas, daños o las dos cosas, y en qué plazo se devuelve.
- 4La obligación de registro del arrendador y el plazo en que entrega al inquilino su copia registrada, por el 2389.
- 5El domicilio convencional de las dos partes y la obligación de avisar el cambio, que es lo que después permite notificar: comprobante de domicilio para rentar.
- 6El aviso de terminación con dos meses, si el contrato puede continuar sin plazo determinado, por el 2420.
La forma escrita, por cierto, el 2331 sólo la exige cuando la renta mensual excede el equivalente a quince días de salario mínimo. En la práctica se escribe siempre, porque sin documento no hay con qué probar el plazo, la garantía ni el estado del inmueble, y porque el 2389 pide registrar algo: un acuerdo de palabra no se registra.
Cómo se firma, y con qué documento
El contrato de arrendamiento se firma en línea sin problema de validez: el 93 del Código de Comercio tiene por cumplida la forma escrita con un mensaje de datos íntegro y accesible, y por cumplida la firma si el mensaje es atribuible a las partes. El 89 fija la neutralidad tecnológica. Lo que la firma electrónica no sustituye es el acto que la ley manda otorgar ante fedatario, y un arrendamiento de vivienda no lo es: cuándo sí hace falta uno está en firma electrónica o fedatario público.
La plantilla con los artículos de Guerrero ya puestos es contrato de arrendamiento para Guerrero: trae el plazo del 2385, la garantía dentro del tope del 2339 y la cláusula de registro con la acción del 2389. Si la propiedad está en otro estado, las demás están en plantillas, y el panorama general en contrato de arrendamiento: firmar en línea y voy a rentar mi departamento. Si el inquilino está en otra ciudad, mi inquilino vive en otra ciudad; y si quien administra son varios inmuebles, tengo una inmobiliaria chica.
Qué pasa al vencimiento cuando nadie dice nada está en qué es la tácita reconducción, y cómo se avisa una terminación dejando constancia, en cómo se avisa la terminación de un contrato. Los primeros 10 documentos son gratis y sin tarjeta desde tu cuenta; el plan de paga son $399 MXN al mes con 500 documentos y usuarios ilimitados. Cada acuse se comprueba en verificar sin cuenta.
De dónde salen las citas
- Código de Comercio, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
Preguntas frecuentes
¿Puedo firmar en Guerrero un contrato de renta por seis meses?
El artículo 2385 del Código Civil del Estado fija la duración mínima de todo arrendamiento de finca urbana destinada a habitación en un año, y ese año es forzoso para el arrendador. Un plazo menor no te libera: lo que ata es el mínimo legal, no lo que diga el papel. El arrendatario, en cambio, no queda obligado por el plazo y puede irse antes.
¿El inquilino puede quedarse tres años aunque yo no quiera?
Si está al corriente en el pago de las rentas, sí. El mismo artículo 2385 hace el plazo prorrogable a voluntad del arrendatario hasta por dos años más. La prórroga no se negocia ni se concede: se ejerce. Por eso el contrato necesita una fórmula de ajuste de la renta que siga aplicando durante esos años.
¿Cuánto depósito puedo pedir en Guerrero?
Hasta el equivalente a dos meses de renta. El artículo 2339 permite exigir fianza o depósito hasta por ese monto para garantizar el cumplimiento, que es menos de lo que se acostumbra en otras entidades. Un contrato copiado de un modelo que pide tres meses está pidiendo por encima del tope de este código.
¿Quién decide si la garantía es fianza o depósito?
Depende del monto de la renta. El artículo 2341 deja al arrendatario elegir el tipo de garantía que otorga cuando la renta mensual no excede el equivalente a cinco días de salario mínimo. Y en vivienda de interés social el artículo 2393 le permite dar fianza o sustituirla con el depósito de un mes de renta adicional.
El registro del contrato, ¿me lo puede exigir el inquilino?
El registro es obligación del arrendador por el artículo 2389, y lo que lo vuelve exigible es que el mismo artículo le da al arrendatario acción para demandar el registro y la entrega de su copia registrada, además del derecho de registrar su propio ejemplar. No es un pendiente que las dos partes puedan dejar abierto de común acuerdo.
¿Un contrato firmado desde el celular sirve para Guerrero?
Sí. El artículo 93 del Código de Comercio tiene por cumplida la forma escrita con un mensaje de datos cuya información se mantenga íntegra y accesible, y por cumplida la firma si el mensaje es atribuible a las partes, con la neutralidad tecnológica del 89. Lo que la firma en línea no resuelve es el trámite de registro ante la autoridad local, que sigue su propio camino.
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