Quién emite sellos digitales de tiempo acreditados en México: el padrón con fechas
La respuesta corta
Doce prestadores acreditados por la Secretaría de Economía, y los doce traen el servicio de sellos digitales de tiempo: Advantage Security, ATEB Servicios, CECOBAN, Cincel, Edicomunicaciones México, Incode PSC, Interfactura, Legalex GS, la Notaría 230 de la Ciudad de México, PSC Codex, PSC World y Seguridata Privada. La acreditación más antigua es del 30 de julio de 2008 y la más reciente del 22 de mayo de 2024. Ninguna plataforma de firma que no esté en esa lista emite sellos acreditados: los compra.
Cuando una plataforma de firma promete «sello de tiempo» o «cumplimiento de la NOM-151», lo que está diciendo, si es cierto, es que detrás hay un prestador acreditado. Esa lista existe, es pública y está en el directorio de Prestadores de Servicios de Certificación de la Secretaría de Economía. Lo que no existe en ninguna parte es la lista con la fecha de cada acreditación, que es justo lo que permite comprobar la promesa.
Esto es ese padrón, leído el 9 de octubre de 2026: doce prestadores y 34 servicios acreditados entre todos. Se publica aquí con la fecha del Diario Oficial de cada servicio, porque la fecha es la que convierte «somos PSC» en algo verificable.
El padrón completo, con fechas
| Prestador acreditado | Sellos digitales de tiempo | Conservación (NOM-151) | Certificados digitales | Digitalización |
|---|---|---|---|---|
| Advantage Security | 30/07/2008 | 08/10/2007 | 13/12/2005 | — |
| ATEB Servicios | 23/08/2022 | 23/08/2022 | — | 23/08/2022 |
| CECOBAN | 07/10/2010 | 19/09/2008 | 19/09/2008 | 18/02/2021 |
| Cincel Certificadora Digital | 24/11/2023 | 24/11/2023 | — | — |
| Edicomunicaciones México | 01/03/2010 | 07/05/2009 | 07/05/2009 | — |
| Incode PSC | 22/05/2024 | 22/05/2024 | — | — |
| Interfactura | 26/03/2021 | 26/03/2021 | — | — |
| Legalex GS | 26/04/2019 | 25/02/2020 | — | — |
| Notaría 230 de la Ciudad de México | 02/12/2021 | 02/12/2021 | — | 02/12/2021 |
| PSC Codex | 29/04/2024 | 29/04/2024 | 24/03/2023 | — |
| PSC World | 13/11/2020 | 13/11/2020 | 15/12/2005 | — |
| Seguridata Privada | 14/12/2011 | 14/12/2011 | 20/06/2011 | 03/12/2019 |
Tres cosas que la tabla enseña y nadie publica
Los doce traen sellos de tiempo, pero sólo la mitad emite certificados
Es el hallazgo que cambia cómo se lee una promesa comercial. Sellos de tiempo: doce de doce. Conservación de mensajes de datos: doce de doce. Emisión de certificados digitales: seis de doce. Las dos acreditaciones que importan para probar que un documento existía y no cambió están en todo el padrón; la de emitir certificados —la que se necesita para una firma electrónica avanzada con certificado propio— está en la mitad.
Por eso conviene preguntar qué servicio tiene acreditado el prestador detrás de una plataforma, no si «es PSC». Son acreditaciones separadas: el artículo 102, apartado A, del Código de Comercio dice que la acreditación «podrá otorgarse para autorizar la prestación de uno o varios servicios, a elección del solicitante». La diferencia entre una firma simple y una avanzada está en firma simple contra avanzada, y qué es cada pieza en qué es un certificado digital y qué es un sello digital de tiempo.
Dieciséis años de distancia entre la primera y la última
La acreditación de sellos de tiempo más antigua es la de Advantage Security, publicada el 30 de julio de 2008; la más reciente es la de Incode PSC, del 22 de mayo de 2024. En medio hay un hueco llamativo: entre diciembre de 2011 y abril de 2019 no se publicó ninguna acreditación nueva de sellos de tiempo. Siete años sin un alta.
La reanudación tiene una explicación en la ley. El 7 de abril de 2016 se reformó el Código de Comercio y se añadió la fracción IV del artículo 101, que incorpora al objeto social del prestador «expedir sellos digitales de tiempo para asuntos del orden comercial», junto con las fracciones V (constancias de conservación) y VI (digitalización). El mismo decreto metió al artículo 89 la definición de Sello Digital de Tiempo: «el registro que prueba que un dato existía antes de la fecha y hora de emisión del citado Sello».
Una sola notaría, y la fe pública no viene incluida
De los doce, once son personas morales privadas y uno es un notario: la Notaría 230 de la Ciudad de México, acreditada el 2 de diciembre de 2021 en sellos de tiempo, conservación y digitalización. El artículo 100 del Código de Comercio permite ser prestador a los notarios y corredores públicos, a las personas morales privadas y a las instituciones públicas.
Y el mismo artículo 100 trae una línea que conviene leer dos veces: las facultades de expedir certificados o de prestar servicios relacionados, «como la conservación de mensajes de datos, el sellado digital de tiempo, o la digitalización de documentos impresos», no conllevan fe pública por sí misma. Un sello de tiempo emitido por una notaría acreditada no es una fe de hechos. Cuándo se necesita cada cosa está en firma electrónica o fedatario público y en qué es la fe de hechos.
Qué hay que cumplir para entrar al padrón
La acreditación no es un registro automático. El apartado A del artículo 102 enumera los requisitos y dice que la Secretaría no podrá negarla si el solicitante los cumple, de modo que es una autorización reglada y no discrecional. También fija una obligación que pasa desapercibida y explica por qué el directorio tiene fechas tan limpias: el prestador acreditado debe notificar a la Secretaría el inicio de la prestación de los servicios autorizados dentro de los 45 días naturales siguientes al comienzo de la actividad.
Esa es la diferencia entre el padrón de la Secretaría de Economía y cualquier lista de proveedores: aquí cada renglón nació de un aviso publicado en el Diario Oficial, con fecha. Es el mismo tipo de dato que hace comprobable una promesa, y la razón de que lo publiquemos con su fecha de lectura pegada. Qué es la figura del prestador y qué puede hacer está en qué es un prestador de servicios de certificación; el trámite de alta lo lleva la propia Secretaría en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios.
Para qué sirve esta lista cuando estás comprando
Sirve para una sola pregunta, hecha de la forma correcta: ¿con qué prestador acreditado trabajas, y para qué servicio? La respuesta tiene que ser un nombre de los doce. Si la respuesta es el nombre de la plataforma y la plataforma no está en la lista, lo que está diciendo es que compra el servicio a alguien que sí está, lo cual es normal y legítimo, pero conviene saber a quién.
- 1Pide el nombre del prestador y el servicio. No «cumplimos NOM-151», sino «la constancia la emite tal prestador, acreditado en conservación de mensajes de datos».
- 2Compruébalo en el directorio. Es público y trae la liga al aviso del DOF de cada acreditación, con su fecha. Dos minutos.
- 3Distingue el sello de la constancia. El sello de tiempo prueba que el dato existía antes de una hora; la constancia de conservación NOM-151 acredita que el documento se conservó sin cambios desde una fecha. Son servicios distintos y se acreditan por separado.
- 4Pregunta qué pasa si cambias de plataforma. Las constancias emitidas se quedan contigo o no, y eso se decide antes de firmar: está en cambiar de plataforma de firma y en si dejo de pagar la plataforma, qué pasa con mis contratos.
- 5Y pregunta si lo necesitas. Para la mayoría de los contratos privados no hace falta ni certificado acreditado ni constancia: lo que pesa es la fiabilidad del método, y está explicado en el valor probatorio y en cómo sé que un contrato firmado en línea no lo van a cambiar.
Qué hacemos nosotros, dicho sin adorno
SignSolú no es prestador acreditado y no aparece en esos doce. Lo que entrega es firma electrónica con certificado de auditoría: hora del servidor, dispositivo del firmante y huella SHA-256 del archivo, comprobable por cualquiera en /verificar. Para un arrendamiento, una responsiva, un contrato de renta de equipo o una orden de compra eso es lo que la ley pide, y para eso alcanza; si tu caso necesita una constancia de un prestador acreditado, el honesto es decirlo y mandarte a los doce. Lo que no hacemos es poner «NOM-151» en una página de precios.
Qué sí obtienes y qué no cuando no hay certificado acreditado está en firma electrónica gratis: qué obtienes y qué no, qué es un hash SHA-256 y qué es la integridad documental. Si lo que querías era firmar con la e.firma del SAT, eso es otra cosa y está en plataformas que permiten firmar con la e.firma. Las plantillas listas están en el catálogo y las dudas de ley en el FAQ legal.
Un último uso de la tabla, el menos obvio: sirve para leer a la competencia. Varias plataformas mexicanas sí trabajan con un prestador acreditado y lo dicen con nombre, y otras usan la palabra NOM-151 como adjetivo. Con el directorio abierto en otra pestaña se distingue en treinta segundos quién está diciendo cuál de las dos cosas. Nosotros lo hicimos pieza por pieza en las mejores plataformas de firma electrónica en México, en SignSolú o Mifiel cuando necesitas un prestador acreditado y en plataforma internacional o mexicana: qué cambia en un juicio.
Y conviene recordar de dónde viene la obligación de conservar, porque es la que hace útil al padrón: la NOM-151-SCFI-2016 regula la conservación de mensajes de datos, y el artículo 49 del Código de Comercio manda conservar por diez años los mensajes relacionados con los actos de comercio. Cuánto guardar y dónde está en cuánto tiempo guardar un contrato firmado y dónde se guardan los contratos firmados.
De dónde salen las citas
- Código de Comercio, en el texto vigente que publica la Cámara de Diputados.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos prestadores pueden emitir sellos de tiempo en México?
Doce, y son los doce que tiene acreditados la Secretaría de Economía: Advantage Security, ATEB Servicios, CECOBAN, Cincel Certificadora Digital, Edicomunicaciones México, Incode PSC, Interfactura, Legalex GS, la Notaría 230 de la Ciudad de México, PSC Codex, PSC World y Seguridata Privada. Todos traen además la acreditación de conservación de mensajes de datos.
¿Mi plataforma de firma puede emitir sellos de tiempo acreditados?
Sólo si está en ese directorio. Una plataforma que no aparece ahí y ofrece sellos acreditados los compra a un prestador que sí está, lo cual es legítimo: lo que conviene es pedirle el nombre y comprobarlo en el directorio, que es público y trae la liga al aviso del DOF.
¿Un sello de tiempo de una notaría acreditada tiene fe pública?
No por sí mismo. El artículo 100 del Código de Comercio dice expresamente que las facultades de expedir certificados o de prestar servicios relacionados, como el sellado digital de tiempo, la conservación o la digitalización, no conllevan fe pública por sí misma. Para eso se necesita un acto distinto, como una fe de hechos.
¿Es lo mismo un sello de tiempo que una constancia NOM-151?
No. El sello de tiempo es el registro que prueba que un dato existía antes de la fecha y hora del sello, según la definición del artículo 89 del Código de Comercio. La constancia de conservación acredita que el documento se conservó íntegro desde una fecha. Son dos servicios y se acreditan por separado, aunque en el padrón los doce prestadores tienen los dos.
¿Necesito un sello de tiempo acreditado para que mi contrato valga?
En la mayoría de los contratos privados, no. La ley no exige firma avanzada ni constancia acreditada para un arrendamiento, un contrato de servicios o una responsiva: la fuerza probatoria se estima primordialmente por la fiabilidad del método con que se generó y conservó la información. El sello acreditado agrega una prueba de fecha emitida por un tercero, y hay casos en que vale la pena.
¿Por qué entre 2011 y 2019 no hubo acreditaciones nuevas de sellos de tiempo?
El padrón no explica el hueco, así que no lo inventamos: el dato es que la última acreditación de ese periodo se publicó el 14 de diciembre de 2011 y la siguiente el 26 de abril de 2019. Lo que sí está fechado es que la reforma del 7 de abril de 2016 al Código de Comercio incorporó los sellos de tiempo al objeto social del prestador en la fracción IV del artículo 101, y que cuatro de los doce entraron después de 2021.